26. Intervención de más de dos vehículos
CIDE/ASCIDE
Para la aplicación de los Convenios CIDE/ASCIDE es requisito indispensable la intervención de sólo dos vehículos, entre los que debe existir colisión directa.
Cuando existen dos D.A.A. sobre el mismo accidente (igual lugar, fecha y hora), y de la conjunción de las mismas se desprende la intervención de más de dos vehículos, no es de aplicación el CIDE ni el ASCIDE.
En supuestos de accidentes con intervención de más de dos vehículos
- circunstancia expresamente reconocida por los dos firmantes de la D.A.A. -
el CIDE no es de aplicación, incluso en los casos en los que no sea factible la total identificación en el anverso de la D.A.A., de alguno de los vehículos implicados. Sólo podrá proseguirse la gestión por ASCIDE cuando ninguno de los firmantes de la D.A.A. pueda identificar (matrícula) al tercer vehículo.
La existencia de un tercer vehículo identificado que interviene en el accidente (con o sin colisión directa con los otros dos) invalida la aplicación de los Convenios.
Se considera que un vehículo identificado interviene en un accidente cuando colisiona con otro, o sin colisionar es el causante de la ocurrencia del accidente, obligando a cualquiera de los otros vehículos a realizar una maniobra evasiva (no se considera maniobra evasiva el detener el vehículo en el mismo carril).
Cuando intervengan cabeza tractora y remolque, ver apartado "remolques".
ASCIDE
En ASCIDE, al no existir una D.A.A. única firmada por ambos implicados, la intervención de un tercer vehículo la determina la identificación del mismo, por cualquiera de los conductores.
Cuando un vehículo que intervenga en el accidente no esté identificado (matrícula) por ninguno de los otros dos implicados, a efectos de los Convenios se considerará como si no hubiera intervenido en el accidente, y por tanto se aplicará Convenio entre los otros dos vehículos.
A continuación de describen algunas de las circunstancias más habituales:
- Colisión “en cadena” con o sin desplazamiento. No se considera Convenio.
Se considera colisión en cadena si la secuencia de colisiones entre los vehículos implicados no se interrumpe en algún momento.
EJEMPLO:
“B” | “A” | “C” | “D” | “E” | |
1. Vehículo “A “colisiona al vehículo “B”.
2. Vehículo “C” frena sin colisionar con vehículo “A”.
3. Vehículo “D” colisiona con vehículo “C”.
4. Vehículo “E” colisiona con el vehículo “D”, con o sin desplazamiento contra el vehículo “C”.
Aplicación de Convenio entre los vehículos “A “y “B”.
No sería de aplicación Convenio entre los vehículos “E”, “D” y “C”.
- Vehículo que circulando colisiona simultáneamente contra varios vehículos aparcados, aunque no exista desplazamiento entre ellos. No se considera Convenio.
- Vehículo que al aparcar o desaparcar, colisiona con el vehículo aparcado detrás, al hacer maniobra de marcha atrás, y con el vehículo aparcado delante, al hacer maniobra hacía delante. Se consideran dos accidentes distintos, en cada uno de ellos intervienen dos vehículos, y por tanto debe aplicarse Convenio en los dos siniestros.