Ante los cambios normativos en el Reglamento General de Circulación, Reglamento General de Conductores y Reglamento General de Vehículos, Juan Carlos Blanco, Inspector de la Policía Local de Salamanca, ha elaborado esta “Tabla comparativa RGC – RGCo – RGV”, donde se pueden ver los cambios introducidos, confrontados con la normativa anterior.
El pasado 8 de abril de 2014 se publicó en el B.O.E. la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, que entrará en vigor a partir del día 9 de mayo de 2014, si bien tiene puntos pendientes de desarrollar.
La prensa se ha hecho eco de los cambios, pero llama la atención que en lo que respecta al artículo 12 (bebidas alcohólicas y drogas), se ha limitado a destacar:
Pero hay una modificación en el artículo 12 que llama la atención por lo poco o nada que se ha hablado de ella, pese a su importancia...
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, juzgará este lunes a Rigoberto G.C., un hombre para quien el fiscal pide cuatro años de prisión por simular que había sufrido un accidente de tráfico para cobrar del seguro una indemnización de 730 euros.
Las conclusiones provisionales de la fiscalía indican que el acusado, natural de un país sudamericano, denunció que había resultado herido en un accidente ocurrido en junio de 2009 en una carretera de San Javier, comprobándose con posterioridad en el juicio que los hechos no eran ciertos.
El ministerio público considera que los hechos son constitutivos de un delito de simulación de delito en concurso con otro de estafa, en grado de tentativa, y solicita para él cuatro años de prisión y diez meses de multa, con una cuota diaria de doce euros.
Asímismo, pide que, si es condenado, la pena de prisión sea sustituida por su expulsión del territorio español por un plazo de diez años.
Fuente: laverdad.es
La Fiscalía pide cinco años de cárcel tras acusarlos de dar vueltas a las rotondas próximas a Las Vaguadas hasta lograr que un coche chocara contra ellos
18.10.13 - 00:05 - E. F. V. | BADAJOZ. Fuente: HOY.es
El próximo 17 de diciembre se sentarán en el banquillo de la Audiencia Provincial de Badajoz dos motoristas de la Guardia Civil acusados de provocar un accidente de tráfico para justificar la necesidad de cogerse una baja médica. El Ministerio Fiscal los acusa de varios delitos y las penas que pide para estos guardias adscritos al destacamento de tráfico de Badajoz suman 8 años y 3 meses de cárcel.
Según se recoge en el escrito de calificación, los hechos ocurrieron a las 7 de la tarde del 26 de marzo de 2010. Ese día, cuando los acusados circulaban desempeñando sus funciones en un vehículo oficial camuflado Peugeot 407, dieron varias vueltas en el recorrido que conecta la ciudad de Badajoz con la urbanización de Las Vaguadas.
De: Francisco Javier Tirado Suárez
Fecha: Enero 1997
Resulta sorprendente cómo ha proliferado últimamente en la práctica de nuestros Tribunales la interpretación de la compensación de culpas en los accidentes de tráfico, estableciendo reducciones en las indemnizaciones a percibir por la víctima o por sus derechohabientes y llegando, en múltiples casos, a apreciar la culpa exclusiva de la víctima, dejando a la misma y a los herederos sin indemnización alguna.
Este hecho viene a desvirtuar la filosofía ínsita en la Ley de Uso y Circulación del Automóvil, al establecer un seguro obligatorio de cuantía limitada fundamentado en una responsabilidad cuasiobjetiva, que únicamente liberaba al conductor responsable en los supuestos excepcionales de culpa exclusiva de la víctima o fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo.
En la realidad legislativa actual, la Disposición Adicional Octava de la Ley 30/95 de 8 de Noviembre (BOE 9 de Noviembre) mantiene las excepciones; sin embargo, se ha ampliado de forma exorbitada la culpabilidad del peatón, estableciendo incluso la responsabilidad de los peatones inimputables.
Vicente Cosme Clemente y Amparo Navarro Ruiz no sabían aquel 3 de agosto de 2007 que el exceso de alcohol del primero y la imprudencia de la segunda provocarían la muerte de Julia Pertusa, de apenas 15 meses. La madre de Julia, Belén, salió de una fiesta familiar para ir a visitar a unas primas. Su tía, Amparo, quiso acompañarla y llevar el carrito de la pequeña. Las mujeres tenían que cruzar una travesía de Almoradí (Alicante) para alcanzar las casas situadas al otro lado. La tía abuela, según su propia declaración, observó que una moto se aproximaba pero pensó que tenía tiempo suficiente para atravesar la calzada. El motorista reconoció haber visto a una mujer que cruzaba con un carrito de bebé y pensó que podría esquivarlo. Ninguno de los dos acertó en su previsión: la motocicleta, una Suzuki de 650cc, impactó contra la sillita.