6. Caducidad
Los siniestros afectados por la tramitación CICOS tendrán el criterio de caducidad establecido en el Reglamento CICOS, un año desde la fecha de ocurrencia del accidente.
En los casos que se resuelvan por la Comisión, en que el mensaje de Comisión sea anterior a la fecha de caducidad y la resolución de la Comisión se produzca una vez caducado el expediente, la entidad que resulte Acreedora dispone de un plazo máximo de 45 días naturales para solicitar el Módulo.
Cuando desde la fecha de aceptación por parte de la Deudora hasta la fecha de caducidad falten menos de 45 días naturales la Acreedora dispone de 45 días para solicitar el módulo desde la fecha de aceptación.
Los diálogos CICOS no interrumpen la prescripción legal del siniestro.
Ver apartado “Prescripción”.