BALIZAMIENTO - SEÑALIZACION EN PUESTOS DE CONTROL.
Lic. Criminalística Daniel Enrique Bled.
Resistencia - Chaco - Argentina.
A todo esta cuestión de los controles vehiculares y de mantener las condiciones
de seguridad en el tráfico, las normas del tránsito establecen que tanto los
conductores como la autoridad de control, deben utilizar señalamiento
transitoria adecuado y conforme lo prescripto en las mismas, sin ningún tipo de
distinción o supremacía por el hecho de ser autoridad de control.
Al efecto, en la República Argentina el Anexo "L" prevé el SISTEMA DE
SEÑALIZACION VIAL UNIFORME en Artículo 8, refiere que conformación física
deben tener y como deben ser las señales transitorias verticales y
horizontales en sus distintos tipos y las luminosas, variando el mensaje, los
colores, las dimensiones y los símbolos. Deben ser construidas en materiales
reflectivos de alto brillo y angulo. Se recomienda asimismo a los entes viales
o de control, que la señalización vertical se realice con material
reflectivo de mayores valores, cuando ello fuere posible.
El significado de este tipo de señalización, indican la ejecución de trabajos
de construcción y mantenimiento en la vía, presencia de un órgano de control,
existencia de obstáculos en la calzada o bien la producción de algún accidente
de tránsito, siendo su función principal lograr el desplazamiento de
vehículos - personas de manera segura y cómoda, evitando riesgos de accidentes
y demoras innecesarias.
La ubicación de estos elementos de señalización preventiva, deben efectuarse de
tal forma que el conductor tenga suficiente tiempo para captar el mensaje,
reaccionar y acatarlo. Como regla general, se instalarán del lado derecho de
la calle o ruta, tratando de delinear las balizas o conos hacia el obstáculo
dentro del carril, de forma tal que progresivamente el conductor vaya alejándose
del objeto peligroso, siendo la distancia apropiada desde unos 200 metros antes
y después, del sector donde se encuentra el obstáculo o control, distancia esta
necesaria para que un medio de transporte pueda detener el tren camión o
colectivo. Por lo tanto si se colocan conos o balizas a distancias menores, se
están creando condiciones inseguras para las conductores durante la noche y la
posible generación de hechos accidentológicos, pasando a constituir un obstáculo
en la vía pública, siendo en consecuencia civil y penalmente responsable en
principio, el director de la obra y/o el órgano de control que instaló dichos
elementos en la calzada.
En el presente artículo nos ocuparemos esencialmente, de las señales preventivas
transitorias más comunes que son las Vallas, Conos, Balizas y Dispositivos
luminosos.
Las Vallas son barreras de hasta tres elementos horizontales, existiendo
diferentes modelos de acuerdo a la cantidad de elementos que contenga montados,
con soportes paralelos y verticales, franjas reflectantes alternadas blancas y
naranjas, con una inclinación de cuarenta y cinco grados, según sentido del
tránsito, fabricados en materiales que permitan soportar el impacto, sin
que dañen a los vehículos. La ubicación es a criterio de la autoridad,
debiendo cubrir una distancia mínima de 200 metros hacia ambos sentidos, desde
el punto donde se halla el obstáculo, incluyendo un tramo de vía que se ha
cerrado al público y/o, incluyendo las banquinas.
Sin embargo se han advertido, puestos de control con vallas de estructura de
riel - acero, con patas cruzadas del mismo material sobre la calzada, sin ningún
tipo de cartelería o pintura adecuada, siendo las mismas -no solo- altamente
riesgosas, careciendo de señales prescriptitas adecuadas en tamaño, número y
localización, quedando tipificado una clara trasgresión a las normativas
vigentes por un órgano de control, al colocar elementos sobre la vía de
circulación catalogados como obstáculos de uso prohibido.
Los Conos son dispositivo de forma cilíndrica o cónica con un mínimo de cinco
décimas de metro de alto, con una base más amplia. Fabricados en materiales que
permitan soportar el impacto, sin que dañen a los vehículos. Deben poseer
elementos reflectivos, de color naranja con franjas circunferenciales
horizontales de color blanco. Se aconseja agregar lastre a los mismos y
colocados a una distancia mínima a partir de 200 metros, antes de donde se
encuentra el vehículo detenido o algún obstáculo. Tienen por finalidad traducir
advertencia y alertar a los conductores, de los peligros causados por las
actividades de construcción dentro de la calzada o cerca de ella, presencia de
obstáculos o accidentes de tránsito, con el objeto de dirigirlos a través de la
zona de peligro sorteando los mismos.
Las Balizas portátiles a ser llevadas en los vehículos automotores, la ley
requiere que sean como mínimo dos, siendo lo más prudente cuatro como mínimo,
que éstas estén fabricadas conforme a las especificaciones de las normas IRAM
10.031/83 "Balizas Triangulares Retrorreflectoras", color rojo con un mínimo
de doscientas cincuenta centésimas de metro cuadrado, el resto puede ser
material fluorescente naranja. En la base tendrán un soporte que asegure
su estabilidad, con vientos de hasta setenta kilómetros por hora, debiendo
llevar las mismas en un lugar accesible. Siendo recomendable a los conductores
los conos cortos y como mínimo una cantidad de seis unidades.
Lo cierto y concreto del caso, es que en el mercado existe una infinidad de
balizas portátiles que cumplen supuestamente con las normas precitadas, pero
esta normativa y elementos portátiles de seguridad en la realidad de los hechos,
son altamente inseguras porque el mínimo viento hace que las mismas giren o se
tumben, sumado a ello el viento que despliegan los vehículos en especial los de
gran porte, hacen que estos elementos sean totalmente inestables, además
pregunto al lector como hacer para medir la velocidad del viento, en plena ruta
o la desplegada por el paso de los vehículos, resultando en consecuencia una
normativa totalmente absurda, que pone en peligro y crea situaciones de alto
riesgo.
Lo más recomendable son las balizas portátiles de luz propia amarilla, estas
deben tener una visibilidad horizontal en los trescientos sesenta
grados, que puedan ser visualizadas desde una distancia, de noche y con
buen tiempo de 500 metros y una capacidad de funcionamiento ininterrumpida
no inferior a 12 horas. Además deben ser destellantes de 50 a 60 ciclos por
minuto, con fuente de alimentación autónoma y sistema eléctrico o
electrónico, que deberán estar totalmente protegidas contra la humedad.
Si bien este tipo de balizas son más seguras, tenemos el problema de que no
sabemos en que condiciones climáticas las vamos a necesitar, lo cierto y
concreto es que ante la existencia de niebla-humo-lluvia, los niveles de
advertencia son muy bajos y próximos a los 50 metros, distancia esta que no
permite una advertencia real y necesaria, para generar las maniobras preventivas
necesarias para evitar el accidente.
Los Dispositivos Luminosos son elementos emisores de luz, utilizados
generalmente por los órganos de control del tránsito y banderilleros, con la
finalidad de brindar seguridad a los agentes precitados, debiendo ser los mismos
de material reflectivo o luminoso, colocados de forma tal que no produzca
deslumbramiento a los conductores. Dentro de los cuales podemos nominar: 1 -
Luces delineadoras es una serie de lámparas de bajo voltaje de color rojo o
amarillo que se utilizan para delinear longitudinalmente la calzada a través de
zonas en construcción. 2- Las luces intermitentes de luz amarilla, identifican
el peligro, llamando la atención sobre el mismo. 3- Semáforos o balizas
de color amarillo intermitente.
Estos elementos tienen como finalidad señalar dispositivos de canalización,
que contribuyen a darle mayor visibilidad y seguridad al conductor. Las de
color rojo indica zona prohibida, las amarillas canalizan, debiendo ser
colocadas las mismas a una distancia de 200 metros como mínimo de la zona de
peligro si se tratare de una ruta o descampado, o bien, si se estuviere
efectuando un control y los dispositivos no son luminosos.
CONCLUSIÓN.
En definitiva, Cual de las señales transitorias es la más adecuada, o la forma
de balizamiento que permite evitar situaciones de riesgos y accidentes de
tránsito, si las balizas triangulares son altamente inseguras, porque el mínimo
viento hace que las mismas giren o se tumben, idéntica situación se presenta con
los conos en menor grado y, con las balizas luminosas, tenemos el problema de
que no sabemos en que condiciones climáticas las vamos a necesitar ante la
existencia de niebla-humo-lluvia, donde los niveles de advertencia son muy bajos
para los conductores.
En la ley no está previsto la utilización de balizas de fuego, a base de
estopa y arena contenida en un recipiente o quema de neumáticos en banquina,
pero en la realidad de los hechos esta es una de las más seguras de ser
visualizadas bajo condiciones climáticas negativas, por lo que colocarlas en la
banquina pueden permitir la visualización de los conductores a distancias muy
lejanas, siendo ello una alternativa válida como medida preventiva. Las
Municipalidades utilizan este elemento como señalización transitoria,
principalmente en sectores que están siendo reparados, siendo la misma muy
efectiva bajo cualquier condición climática, además los amigos de lo ajeno no le
interesa ese tipo de elemento, por lo que todo cuestionamiento resulta
infundado.
En Brasil es muy común el señalamiento con pequeñas ramas, de modo que si viaja
al hermano país, sepa que la existencia de las mismas en la calzada es una
medida preventiva y la presencia de un obstáculo, técnica esta utilizada por
los brasileros en nuestro país y los transportistas de carga. Otra es la de
utilizar linternas, efectuando movimientos con las mismas.
Lo importante del caso, a criterio del columnista, es que el sujeto pueda
observar el peligro y la posible existencia de un obstáculo o accidente, el que
muchas veces por su inmediatez o cuestiones climáticas, no permiten las formas
previstas en la norma vigente y lo que en definitiva debemos preservar es la
vida humana.
Ahora bien, si el órgano de control esta efectuando un operativo, no estamos
ante situaciones no previstas, por el contrario el jefe del órgano tiene un
conocimiento anticipado y una intensión de llevar adelante el procedimiento,
por lo tanto deberá emplear los elementos preventivos necesarios de
señalamiento transitorio previstos en la norma legal vigente y bajo condiciones
seguras, colocados a una distancia mínima de 200 metros antes del puesto
control, creando sitios de detección y estacionamiento seguros, fuera de la
calzada en virtud a que está prohibido la detención sobre la misma, en lo
posible en o fuera de la banquina, caso en contrario el jefe del órgano de
control será el principal responsable de crear o generar condiciones inseguras,
además su condición no le exime de acatar las normas de tránsito y la prevención
de accidentes, so pretexto de efectuar tareas de control o procedimiento.
Dbled