detención en alcoholemia
- polimoto
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En mi caso solo detenemos en casos en los que la alcoholemia es penal, simptamologia muy evidente, i implicado en algún accidente en el qual hay heridos graves o muerte.
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- fboiso
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Yo por tanto procedería a la detención desde el mismo momento en el que se aprecian signos al conductor de que iba conduciendo bajo el efecto de bebidas alcoholicas y a partir de ahí realizaría todas las diligencias oportunas. Posteriormente pondría en libertad con citación para la comparecencia previa por juicio rápido siempre que no se hubieran producido otros delitos añadidos. Si durante la tramitación de esas diligencias el conductor cometiera algun otro delito o alguna otra falta no lo pondría en libertad sino que lo pasaría a disposición.
Perdonad, me ha salido esto un poco largo. Eso es lo que creo y eso es lo que en nuestro caso hacemos.
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- barrero74
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Y además no quiero entrar a valorar las ordenes internas que recibimos para actuar en caso de alcoholemia y accidente o infracción.
De toda forma creo que nos es util a todos conocer la forma de actuar en estos casos por otros compañeros.
SALUDOS
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- jjoperico
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DETENCIÓN por alcoholemia, detenemos siempre que la persona no de fianza que se presentara delante de V.I. o no tenga un domicilio conocido.
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- la_coyote
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cargonlu1 escribió: Creo que son correctas ambas cosas detener o imputar.
Dicho esto estoy en desacuerdo con la afirmación que no se detiene por no crear delincuentes¿?. La verdad casi me ofendo.
La obligación es la de detener, porque se ASEGURA el delito, de hecho, la persona sabe a lo que se enfrenta, esto es igual ahora que antes con la llegada de los Juicios Rapidos. La lectura de derechos se debe entender como un bien para el detendio, con todo lo que acarrea, como que no desee manifestar.- El hecho de imputar en vez de detener SOLO lo entiendo como reservar esta acción para obtener mas pruebas y detenero DESPUES, o porque el conductor está herido y no resulta práctico por el tiempo que pasa desde la comisiónd el delito hasta que se le puede informar de sus derechos, tomarle manifestacion, etc.
Os recuerdo que beber no es un delito, sino hacerlo y conducir, el que haya bebido que pida un TAXI.
Un saludo
Primero de todo decir que mi comentario no tiene la intención de ofender a nadie, luego si te ha ofendido, pues disculpa.
EN cuanto a que con la detención se asegura el delito, no se, tu sabrás porque lo dices, ya que con la imputación también hay delito, y es el fiscal en definitiva quien valora si hay delito o no.
Hay un artículo en la Ley de ENjuiciamiento Criminal, que no recuerdo cual es, que permite, ante la posible comisión de un delito, no detener, siempre que se den las circunstancias que nos garanticen, como digo antes, que esa persona no se va a sustraer a la acción de la justicia.
Luego el imputar, no solo este delito, sino cualquier otro, que no sea de gravedad, es totalmente legal.
Y en cuanto a "crear delincuentes" me explico, una persona que en un moento dado ha bebido y ha conducido, si comete un delito, pero no es un delincuente.
Esta persona puede que no lo haya hecho en la vida y que no lo vuelva a hacer.
Un delincuente, para mi, es quien delinque sino habitualmente, si con cierta periodicidad. No lo es el que delinque una vez en su vida.
Entonces di detenemos, a esa persona la constará un antecedente, si imputamos no.
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- pikina57
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Grimmo, lo que no entiendo es que no le leas los derechos como detenido, si has decidido detenerlo,no me cuadra que no lo hagas hasta que sepas el resultado de la prueba. Yo entiendo, que el delito es conducir bajo los efectos, la prueba es simplemente una prueba pericial, lo que vale realmente para detenerlo es la sintomatología, aunque ya sabemos todos que los jueces tienen distintas opiniones, unos condenan con el acta, otros con la prueba y la mayoría con ambas. yo entiendo que si lo detenienes, se leen los derechos del principio, aunque luego lo pongas en libertad. sino lo detienes y le imputas los hechos, pues igual se los lees como imputado no detenido, se le cita, etc. lo que no veo bien es que lo lleves para su sometimiento y una vez que sople lo detengas. No creo que eso sea muy correcto procesalmente.
Un saludo.
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