Quebrantamiento de condena y denuncia

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19 años 3 meses antes #2739 por krustyfer
Quebrantamiento de condena y denuncia Publicado por krustyfer
Saludos compañeros

Quisiera haceros una consulta, mi pregunta va en relación con el quebrantamiento de condena cuando se sorprende a un conductor que tiene el permiso o licencia suspendido por resolucion judicial, aparte del atestado pertinente, ¿se le denuncia por circular careciendo del permiso o licencia? o se haría como en el CIBA y se denuncia y se adjunta al atestado en espera de la sentecia.

Gracias

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19 años 2 meses antes #2773 por la_coyote
Respuesta de la_coyote sobre el tema Re: Quebrantamiento de condena y denuncia
Cuando la competencia sea judicial, abstente de hacer nada administrativamente, asi lo dice la Ley de enjuiciamiento criminal.

En el caso de que se condene al imputado, ya hay castigo, y si no, la obligación del juez es pasar el asunto a la vía administrativa.

Mi consejo es que no nos metamos donde no nos llaman.

Seguramente alguien dirá que si se hace como yo digo el tio se va sin castigo, y que tanto la jefatura como los juzgados se tragan todo.

Es cierto, pero mi opinión es esta.

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19 años 2 meses antes #2777 por krustyfer
Respuesta de krustyfer sobre el tema Re: Quebrantamiento de condena y denuncia
GRACIAS AQUALUNG, COMPARTO TU OPINION, EL OTRO DIA ESTABA PREPARANDO UN PLANTILLA BASE PARA EL CASO DEL QUEBRANTAMIENTO Y NOS SURGIÓ LA DUDA SOBRE LA DENUNCIA ADMINISTRATIVA, POR EL HECHO DE CONDUCIR CON EL PERMISO RETIRADO EN VIA JUDICIAL.

SALUDOS Y GRACIAS DE NUEVO

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18 años 9 meses antes #2959 por pikina57
Respuesta de pikina57 sobre el tema Re: Quebrantamiento de condena y denuncia
hola, yo pienso que estamos obligados a abrir ambas vías. Ocurre lo mismo que con una alcoholemia, en la que se realiza atestado, y se le denuncia administrativamente, quedando ésta en suspenso hasta la resolución judicial. Es decir si es condenado, la denuncia no tiene valor, pero si no, en la misma sentencia, se recoge que queda abierta la vía administrativa, de hecho en el atestado que se realiza se debe hacer constar mediante diligencia el número de boletín y artículo por el cual se ha denunciado, y en el quebrantamiento de la condena, a mi parecer ocurre lo mismo.

Un saludo

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18 años 9 meses antes #2965 por yoskin
Respuesta de yoskin sobre el tema Re: Quebrantamiento de condena y denuncia

AQUALUNG escribió: Cuando la competencia sea judicial, abstente de hacer nada administrativamente, asi lo dice la Ley de enjuiciamiento criminal.

En el caso de que se condene al imputado, ya hay castigo, y si no, la obligación del juez es pasar el asunto a la vía administrativa.

Mi consejo es que no nos metamos donde no nos llaman.

Seguramente alguien dirá que si se hace como yo digo el tio se va sin castigo, y que tanto la jefatura como los juzgados se tragan todo.

Es cierto, pero mi opinión es esta.


bueno aqui en Manresa en mossos quebrantamineto de condena es delito atestado , mas denuncia de trafico adjuntada al atestado i copias dadas al infractor, que este puede pagar la multa de administrativa y despues lo que le venga del juzgado, es decir la cuantia que pague en la denuncia de administrativa luego se ha de restar a lo que le impon ga el juez , tambien lo hacemos en las alcoholemias penales.

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18 años 9 meses antes #2970 por la_coyote
Respuesta de la_coyote sobre el tema Re: Quebrantamiento de condena y denuncia
El caso es que me estoy dando cuenta ahora, y no procede denunciar por carecer de Permiso de COnducir, en ningún caso.

La explicación es que estapersona no carecería de Permiso de COnducir, simplemente lo tiene retirado por el Juez.

Asi que únicamente procede la instrucción del atestado por el delito, y nada mas.

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