Actuación con "listillos" impunes en los D.C.S.T.

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21 años 5 meses antes #1578 por trace__2
Bien no sé si a vosotros se os ha dado el caso de presentaros a la vista oral por un Delito Contra la Seguridad del Tráfico, y quedaros así como un poco atontados (por no decir otra palabra) al ver como el Juez absuelve directamente al imputado al presentarse en el juicio con la denuncia administrativa abonada.

Vista la estrategia "legal" que se estaba planteando por parte de los abogados defensores de éstas personas, donde ya se nos dieron varios casos idénticos, optamos por no tramitar las denuncias administrativas, quedando archivadas junto al atestado en espera de resolución judicial (que por cierto ya hace varios meses de que adoptamos ésta medida y aún estamos esperando respuesta por parte de algún órgano judicial para dar trámite o no a las denuncias, las cuales algunas ya están amarilleando).

Me gustaría saber si se os ha dado algún caso parecido y cómo lo habéis resuelto.

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21 años 5 meses antes #1579 por pacomireia
Respuesta de pacomireia sobre el tema Actuación con "listillos" impunes en los D.C.S.T.
Hola. te dire que nosotros venimos actuando de tal forma que cuando una persona ha resultado detenida por un d.c.s.t. ademas conlleva la correspondiente denuncia administrativa que nosotros confeccionamos pero no entregamos copia al detenido ya que se estará a la espera de la resolución judicial. En el apartado de observaciones de la denuncia, se pone que se confeccionan diligencias, nº de ref. y juzgado al que se tramitaran y la denuncia se remite a la Jefatura de Tráfico, donde la mantendran pendiente en tanto no sepan el resultado de la causa Judicial.

Para que se enteren de lo dispuesto por el Juzgado, dentro de las diligencias realizamos una en la que hacemos constar la denuncia interpuesta con nº de expediente y que se dé comunicación a la Jefatura de tráfico correspondiente del dictamen a que hubiera lugar.

Así nosotros nos desentendemos de la denuncia y será en tráfico donde quede retenida y evitamos con ello lo que tu dices, que el detenido pague la denuncia y luego no pueda ser castigado penalmente por el mismo hecho. Espero que entiendas lo que he querido transmitir. Un saludo

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21 años 5 meses antes #1584 por la_coyote
Respuesta de la_coyote sobre el tema Actuación con "listillos" impunes en los D.C.S.T.
Me vais a permitir que discrepe en cuanto a la forma de tratar estos temas.

La Ley dice que no se podrá sancionar por dos vías distintas, en este caso la judicial y la administrativa.

Yo trabajo en la Guardia Civil de Tráfico y cuando se imputa un delito de este tipo a alguien, no se denuncia, puesto que la denuncia a nivel judicial es de mayor rango que la administrativa.

Se celebrará el Juicio y en caso de ser absuelto el imputado, el Juzgado pasará el asunto a la jefatura de tráfico que sancionará.

Si se denuncia por las dos vías, puede pasar lo que decis, y por tanto la vía judicial queda anulada. Luego creo que lo mas lógico es no denunciar para que esto no pase.

Pero el hecho de que la gente salga absuelta en los juicios, nos debe dar igual, al fin y al cabo no cobramos mas por ello.

Debemos dejar que la justicia siga su curso y no preocuparnos de ello, solo de cumplir con nuestra obligación.

La argucia legal, es eso, legal y por tanto legítima en defensa de la persona, eso es un derecho que la Ley nos da a todos.

No quisiera caer mal, pero he de seguir discrepando, al igual que en los accidentes, tengo entendido que en los accidentes, algunas Policías Locales, ojo sin menospreciar a nadie, todo lo contrario, ya que me considero compañero de cualquiera que forme parte de un cuerpo policial, denuncian administrativamente al causante del suceso.

Pues creo que eso no se debe hacer por los mismos motivos que expongo en los casos de delitos contra la seguridad del tráfico.

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21 años 5 meses antes #1586 por pacomireia
Respuesta de pacomireia sobre el tema Actuación con "listillos" impunes en los D.C.S.T.
Siento discrepar contigo AQUALUNG ya que dices que hay que dejar la puerta abierta a las argucias legales puesto que no cobramos mas por que las sentencias sean condenatorias, sin embargo te dire que como trabajador debiera espolearte el hacer bien tu trabajo no por cobrar mas sino por que los objetivos del mismo se vean recompensados con el resultado final y este no es otro que las personas que han incumplido la ley se vean sancionadas por ello con lo que la misma dispone.

La misma filosofía que tu dices se podría aplicar en otras muchas profesiones y así un electricista podría decir que el caso es terminar la instalación como sea y luego cuando la vaya a probar que no funcione. En este caso dirás que el electricista cobra porque la termine correctamente, pues yo tambien te digo que a nosotros nos pagan por terminar el trabajo correctamente y si dejamos puertas abiertas para que los delincuentes puedan evitar la acción de la Justicia ten por seguro que tu trabajo no ha sido realizado todo lo escrupulosamente que debiera. Si la resolución Judicial es condenatoria estaré satisfecho no por haber perjudicado a un ciudadano sino porque mi trabajo ha sido bien hecho, sino me plantearé cual ha podido ser mi error para no volver a caer en lo mismo.

Creo que denunciar al infractor es nuestro deber, aunque una de las vías, la administrativa, quede en espera de la resolución penal, que es más importante.

Sobre la última cuestión que planteas no se si te he entendido muy bien pero creo entenderte que reprochas que se denuncie a los implicados en accidentes de tráfico. Yo no soy P.municipal y tambien lo hacemos siempre que la causa del accidente sea una infracción al reglamente de la circulación. Es lógico que tras comprobar que ha habida una infracción y como consecuencia se ha producido un accidente el conductor responsable sea denunciado. Creo más justa esta denuncia que la de una persona que no provoca un accidente, ¿no crees?

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21 años 5 meses antes #1591 por la_coyote
Respuesta de la_coyote sobre el tema Actuación con "listillos" impunes en los D.C.S.T.
En el fondo me estás dando la razón.

Si se instruye atestdo por alcoholemia y además se denuncia administrativamente, se puede dar el caso que comenta el autor del tema, que se pague la sanción administrativa y así se eluda la sentencia judicial.

En cuanto a no denunciar al culpable en un accidente, es por lo mismo que expongo en mi mensaje anterior.

Al instruir por el accidente se pone el hecho en conocimiento del Juez.

La obligación del Juez, si no observa ninguna conducta punible penalmente, que es en la mayoría de los casos, es trasladar el asunto a la Jefatura de Tráfico.

De hecho así lo hacían en las alcoholemias cuando se hacía atestado con cualquier tasa, luego la Jefatura sancionaba, ¿porqué en los accidentes no?

Lo que yo no voy a hacer nunca es nada que pueda perjudicar a nadie, máxime cuando quién tiene la potestad, en estos casos los Jueces, no lo hacen.

Es mi modesto parecer, pero no quiero entrar en controversias, cada cual que haga lo que quiera.

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  • LUISX
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21 años 5 meses antes #1608 por LUISX
Respuesta de LUISX sobre el tema Actuación con "listillos" impunes en los D.C.S.T.
Esto no tiene discusión posible, cada uno tiene que hacer su trabajo y es responsable del mismo.

Y tramitar la administrativa cuando también se hace por la vía judicial es una perversión del sentido y los fines del derecho punitivo del Estado, que está sujeto a reglas y principios por varias razones fundamentales.

El planteamiento de AQUALUNG es impecable tato jurídica como éticamente, porque en esto la ética profesional también cuenta.

El trabajo de la policía consiste ante todo en guardar la seguridad, la libertad y los derechos de la gente, no que alguien reciba un castigo, y menos aún forzando las cosas para que ello sea así.

Cuando confundimos los fines con los medios, es que algo va mal. Hay que tener claro para qué se está y cuáles son las funciones fundamentales que hay que realizar, y desde luego, no guardar suficientemente el derecho de defensa, no es propio de la policía, porque una de sus funciones es precisamente guardar el libre ejercicio de los derechos: AQUALUNG tiene razón.

Un cordial saludo

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