Negativa de un médico a efectuar la prueba de contraste

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22 años 4 días antes #1223 por weno
Hola a todos, majetes. Vamos a ver, resulta que un médico se negó hace pocos días a efectuar la prueba de contraste que había pedido un imputado en un juicio rápido, por CIBA. En principio, decía que se lo tenía que ordenar un juez, a lo que se le respondió que tiene la obligación de hacerlo, y que viene tanto en la LSV, RGC, como en la LECr. Pero siguió negándose, por lo que se confeccionó una diligencia de incidencias en el Atestado que se le envió al Juzgado.

Pero me da la impresión de que el Juez a lo mejor ni se ha dado cuenta de esto. El caso es que me gustaría hacer algo más, para que el "listo" del médico no se fuera de rositas. Probablemente, esto ya esté juzgado y sentenciado, al ir por Juicio rápido y haberse celebrado el otro día, pero...

aparte del RGC, ¿por qué os inclinaríais vosotros, por un presunto delito de desobediencia, por una simple falta de desobediencia, o por qué? ¿Tenéis alguna sentencia que hable del tema? Yo entiendo que dicho médico negó un derecho al imputado, porque la prueba de contraste podría haber probado que no estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas (o ratificar la de aire espirado, en su caso).

Espero vuestras respuestas.

Gracias y un saludo desde Málaga, España,

Warrior.

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22 años 2 días antes #1225 por sebepa
Respuesta de sebepa sobre el tema Médico necio.
Saludos Warrior.

A mí personalmente me ha pasado dicha circunstancia, ante la solicitud de contraste por una persona sometida a una alcoholemia, y al trasladarlo al Hospital más cercano, el facultativo se negó a realizar a obtener muestras para la alcoholemia por sangre. Incluso le facilité fotocopia del art. 26 del RGC, ya que alguna vez había tenido algún incidente parecido con algún facultativo, y contumazmente dicho médico indicaba que si no se lo ordenaba un Juez no realizaba un análisis de sangre.

MI forma de proceder, fue identificar totalmente al médico, cosa que se logró ante la amenza de detenerlo, y como iba a instruir diligencias por juicio rápido por CIBA, hice una llamada al Juez de Guardia indicándole la incidencia, para que tuviera conocimiento, y junto al Atestado por CIBA, realicé unas diligencias ampliatorias por desobediencia, así como un informe adjuntando copias de todo, a la Consellería territorial de Sanidad de mi Comunidad Autónoma. Y sobre todo, como los hechos ocurrieron a las 3.30 h. de la madrugada, cité por escrito al médico ante su señoría para las 9 h. de la mañana, esto es, saliente de guardia, advertiéndole claramente de las consecuencias de su incomparecencia ( esto es lo que más le gustó), ya que dicha citación es una opción legal que nos da los Juicios Rápidos.

PD: a partir de ese día, y cuando le fueron llegando las consecuencias legales de su tozudez, ese médico colabora de maravilla.

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22 años 2 días antes #1230 por Warrior
Hola, Atestados2004

Gracias por la respuesta, la verdad es que me has sido de mucha ayuda, creo que voy a hacerlo exactamente así como dices, y que se arregle el médico con el Juez, a ver si a él le dice que se niega :-)

Gracias de nuevo.

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21 años 11 meses antes #1242 por JARK
Respuesta de JARK sobre el tema Negarsa a la extracción
Atestados2004, se te olvido hacerle un boletín denuncia por infracción al artículo 26 del RGC.

A mi nunca se me ha dado el caso, eso si, antes sus dudas he tenido que sacarles los formatos e instrucciones para la extracción.

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21 años 11 meses antes #1251 por briseno
Respuesta de briseno sobre el tema Para WArrior453
Hola:

Dices que no sabes que pasó al final de la historia en el juzgado. Decirte que tienes derecho de pedir copia de la sentencia, porque eres parte, precisamente el instructor (o secretario, según sea). En una ocasión y por otros delitos, tenía interés en saber que pasó, condenado o salió libre, pregunte a una jueza y me dio fotocopias de nuestros derechos en pedirlas, a parte de que todas las sentencias son públicas.

Siempre recomiedo (yo el primero) de que tenemos que asistir a los juicios (voluntariamente) y ver que pasa y donde hemos fallado (si así fuera) y tener copias de las sentencias, aprenderíamos mucho.

Saludos.

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21 años 11 meses antes #1252 por brutus
En mi caso el funcionamiento fue el siguiente.

1.-) Informé al facultativo de que se iba a poner el hecho en conocimiento de la autoridad judicial, solicitando a dicha autoridad que me permitiese salir del Partido Judicial para realizar la extracción en otro Centro Médico.

2.-) Tras hacerlo constar en el atestado (no sirvió para nada porque el juez no hizo nada al respecto), le formulé una denuncia al art 26, pero en vez de confeccionar un boletín de denuncia, lo puse en conocimiendo de la JPT mediante un oficio (para de esta maner exponer mejor el hecho), eso si que hizo su efecto.

3.-) Dar cuenta mediante oficio al Colegio de Medicos de la Provincia.

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