Saludos.
Uno de los aspectos que no han tenido en cuenta a la hora de actualizar el código penal en los delitos contra la seguridad del tráfico, es el hecho de que siempre que se habla de negativa a realizar la prueba de alcoholemia, se habla de CONDUCTORES(art. 383)
Sin embargo han perdido la oportunidad y han vuelto a dejar fuera del artículado a los peatones implicados en un accidente cuando son estos los que se niegan a someterse a las pruebas .
Si bien en el Reglamento General de Circulación (art.21), si los incluye en las personas obligadas a someterse a las pruebas, estaríamos hablando de una infracción administrativa muy grave (65.5.b), pero por la vía penal y por negarse a realizarla seguirán quedando impunes.
¿Os habeis encontrado alguna vez con esta situación?
Negativa a la prueba alcoholemia por peatones en accidentes
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