Accidentes solo daños materiales y cuantía inferior a 8000 e

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miguel
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Accidentes solo daños materiales y cuantí­a inferior a 8000 e

Mensaje por miguel »

A ver si alguien me puede comentar si este tí­po de accidentes está despeñalizados y donde viene recogido.

saludos
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maxtor
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Re: Accidentes solo daños materiales y cuantí­a inferior a 80

Mensaje por maxtor »

Saludos cordiales.

En España el art. 267 del vigente CP, te tipifica los daños por imprudencia grave en cuantí­a superior a 80.000 euros. Si el accidente es de cuantí­a inferior aunque sea imprudencia grave y sólo hay daños materiales o si superando esa cuantí­a la imprudencia es leve no serí­a penalmente reprochable, aunque sí­ lógicamente ví­a civil por resarcimiento de los daños.

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