Holas un saludo a todos.
Quisiera preguntaros a cerca de la operativa policial con los sistemas de retención infantil.
En caso de detectar una vehículo con un niño/a que deba usar un sistema de retención pero no lo lleve, evidentemente se denuncia, pero conozco dos operativas posteriores:
Primera.- Inmovilización del vehículo hasta que se dote del correspondiente sistema de retención. Es decir, como en el caso de los conductores de motos o ciclomotores sin casco.
Segunda.- Unicamente denuncia y el menor se tiene que bajar del coche y no puede continuar circulando en él. Digamos parecido a los pasajeros de moto y ciclomotor sin casco.
En fin, cual de las dos opciones sería la más correcta. La inmovilización o la segunda.
Un saludo cordial y gracias anticipadas.
SISTEMAS DE RETENCION INFANTIL
SISTEMAS DE RETENCION INFANTIL
AYUDAR Y PROTEGER
Re: SISTEMAS DE RETENCION INFANTIL
Hola, te pudeo decir como intervenimos en esos casos. Decir que en ciudad es más fácil tomar medidas que en vías interurbanas, me explico, cuando detectamos un menor sin las medidas de protección necesarias, obviamente se denuncia la infracción y no dejamos que continue circulando en esas condiciones, o bien, colocan el dispositivo adecuado o el menor no continúa circulando. No inmovilizamos el vehículo al no tratarse de una deficiencia del mismo, por eso te decía que en la ciudad es más viable tomar medidas al respecto por parte del conductor.
Re: SISTEMAS DE RETENCION INFANTIL
Holas, gracias por responder.
Entiendo tu respuesta.....pero, en el caso de las motos, si el conductor no lleva casco si que inmovilizamos y solo levantamos la inmovilización en l momento en que se dote de casco. Es decir, aun no tratándose de una deficiencia del vehículo inmovilizamos y no vale con que nos diga el conductor que ya no va a circular más sin el casco.
Entiendo tu respuesta.....pero, en el caso de las motos, si el conductor no lleva casco si que inmovilizamos y solo levantamos la inmovilización en l momento en que se dote de casco. Es decir, aun no tratándose de una deficiencia del vehículo inmovilizamos y no vale con que nos diga el conductor que ya no va a circular más sin el casco.
Re: SISTEMAS DE RETENCION INFANTIL
Tanto al ciclomotor por no llevar el casco su conductor, como el turismo por no llevar los sistemas de seguridad para menores, lo podemos inmovilizar en base al art. 70 de la L.S.V. porque puede derivarse un riesgo grave para las personas.
Otra cosa es que se lleve a cabo esa inmovilización porque en el momento que el vehículo quede estacionado y el menor fuera del mismo, ya desaparece el motivo de la inmovilización, por eso te comentaba que en la ciudad apenas si se lleva a cabo esta medida, otra cosa es en vías interurbanas donde no hay posibilidad de estacionar el vehículo, o por lo menos así lo entiendo yo. Un saludo.
Otra cosa es que se lleve a cabo esa inmovilización porque en el momento que el vehículo quede estacionado y el menor fuera del mismo, ya desaparece el motivo de la inmovilización, por eso te comentaba que en la ciudad apenas si se lleva a cabo esta medida, otra cosa es en vías interurbanas donde no hay posibilidad de estacionar el vehículo, o por lo menos así lo entiendo yo. Un saludo.
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