
Respetable compañero, lejos de pretender aleccionarte sobre el tema, observo que solicitas diligencia de información de derechos.
Veras sobre los atestados, a pesar de reflejarse en diligencia las acciones realizadas, no és el único modo. Siempre y cuando no tengas marcado por una instrucción interna una manera específica de realizarlo.
Por un lado puedes hacer la diligencia de información de derechos, incluyendo toda la información en dicha diligencia. De esta manera te ves obligado a tener presente la persona en el momento de efectuar la diligencia, y posiblemente a solicitarle que te acompañe o pase por las dependencias policiales.
Por otro lado tienes la posibilidad de realizar el ofrecimiento de acciones mediante un acta independiente (acta que realizas en el propio lugar del accidente, y de la cual puedes dar cópia a la persona interesada en ese mismo lugar, evitandole molestias innecesarias) y posteriormente reflejarlo en una breve diligencia.
És más puedes hacer una diligencia que englove a todas la personas a las que tomas manifestación en actas independientes y a quien le realizas los ofrecimientos de acciones.
La diferencia creo que queda patente, y són dos maneras diferentes de reflejar una misma cosa tu decides cual te conviene mas o cual és la que te obligan a realizar.
De todas manera sea de un modo u otro el contenido de del acta o de la diligencia será el mismo simplemente té cambiará el titulo de ACTA a DILIGENCIA del documento en sí.
Espero haberte sido de utilidad.