ME HAN DADO CON LA ITV CADUCADA
Re: ME HAN DADO CON LA ITV CADUCADA
ya me han dado la respuesta el périto. Si que me lo van a arreglar el coche (menos mal), ya estaba yo mirando coches de 2º mano. Me ha dicho el mecánico que sólo tardará 2 semanas, aunque yo le he puesto 1 mes porque siempre lo alargan. Lo del coche de alquiler pues no lo he mirado porque como es poco tiempo, cogeré el de mi hermano que lo tiene parado y ya está. Muchas gracias a todos por vuestra ayuda.
Re: ME HAN DADO CON LA ITV CADUCADA
Me vas a permitir gefer 80, que haga un inciso.
Primero decir que me alegro de que tu porblema se haya solucionado.
Pero vamos a suponer el caso de que el culpable del accidente sea el que no tiene pasada la ITV.
En ese caso la compañía de seguros si se agarraría a esto para no indemnizar, y no habría mas remedio que ir a la vía judicial con los gastso y engorros que esto lleva.
Además se puede dar el caso de que el responsable, sin tener la ITV en vigor, sea condenado a pagar los daños causados, y menuda gracia.
Luego tened cuidado con la ITV, primero por la sanción si te denuncian, y segundo porque nadie estamos libres de tener un accidente y ser responsables.
Y que conste que esto no es una bronca, nada mas lejos de mi intención.
Primero decir que me alegro de que tu porblema se haya solucionado.
Pero vamos a suponer el caso de que el culpable del accidente sea el que no tiene pasada la ITV.
En ese caso la compañía de seguros si se agarraría a esto para no indemnizar, y no habría mas remedio que ir a la vía judicial con los gastso y engorros que esto lleva.
Además se puede dar el caso de que el responsable, sin tener la ITV en vigor, sea condenado a pagar los daños causados, y menuda gracia.
Luego tened cuidado con la ITV, primero por la sanción si te denuncian, y segundo porque nadie estamos libres de tener un accidente y ser responsables.
Y que conste que esto no es una bronca, nada mas lejos de mi intención.
Re: ME HAN DADO CON LA ITV CADUCADA
Hola AQUALUNG tienes toda la razón del mundo, si que me merezco una bronca, pero ya estoy escarmentada y el susto no me lo quita nadie, nada más tenga el coche arreglado, pues aunque me dijeron 2 semanas aún no lo tengo listo, voy a ir a pasarle la ITV, de paso si hay algo que el mecánico no ha arreglado bien pues que me lo digan y lo arregle. Un Beso a todos.
Re: ME HAN DADO CON LA ITV CADUCADA
En principio, te pueden decir que no lo cubren si contrastan que no lo tienes, pero no lo suelen hacer a no ser que haya atestado.
Última edición por norsk_gr el 06/02/2010, 17:10, editado 2 veces en total.
- jordibenitez
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Re: ME HAN DADO CON LA ITV CADUCADA
Las compañías aseguradoras, a tenor de lo que establece el Reglamento General de Vehículos, son perjudicadas respecto a los daños que produzcan sus asegurados, lo que les convierte en terceros con interés legítimo para recabar información en los registros de tráfico.
En el caso de que la asseguradora compruebe que el vehículo no tiene pasada la ITV, en principio no han de derivarse consecuencias, ya que la ley del seguro de vehículos a motor (RDLeg. 8/2004), en sus artículos 5 y 6, no se contempla oponibilidad por parte del asegurador que repercuta al asegurado no haber pasado la ITV. Tampoco creo que, de oficio, el organismo de tráfico incoe expediente sancionador por no haberla pasado.
Art. 2 (RGV)
"El Registro de Vehículos tendrá carácter puramente administrativo, será público para los interesados y terceros que tengan interés legítimo y directo, mediante simples notas informativas o certificaciones, y los datos que figuren en él no prejuzgarán las cuestiones de propiedad, cumplimientos de contratos y, en general, cuantas de naturaleza civil o mercantil puedan suscitarse respecto a los vehículos.
Tendrá también una función coadyuvante de las distintas Administraciones públicas, Órganos judiciales y Registros civiles o mercantiles con los que se relaciona."
En el caso de que la asseguradora compruebe que el vehículo no tiene pasada la ITV, en principio no han de derivarse consecuencias, ya que la ley del seguro de vehículos a motor (RDLeg. 8/2004), en sus artículos 5 y 6, no se contempla oponibilidad por parte del asegurador que repercuta al asegurado no haber pasado la ITV. Tampoco creo que, de oficio, el organismo de tráfico incoe expediente sancionador por no haberla pasado.
Art. 2 (RGV)
"El Registro de Vehículos tendrá carácter puramente administrativo, será público para los interesados y terceros que tengan interés legítimo y directo, mediante simples notas informativas o certificaciones, y los datos que figuren en él no prejuzgarán las cuestiones de propiedad, cumplimientos de contratos y, en general, cuantas de naturaleza civil o mercantil puedan suscitarse respecto a los vehículos.
Tendrá también una función coadyuvante de las distintas Administraciones públicas, Órganos judiciales y Registros civiles o mercantiles con los que se relaciona."
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