PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
- tranquicolega
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PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Buenas noches a todos
Hace poco me ha ocurrido un tema realmente extraño y quería que me dieraís vuestra opinión.
Soy G.C. de Atestados e instruí el Atestado y posterior Informe Técnico por un accidente con un fallecido, concretamente un atropello a una peatón en la autovía.
Bien, hace poco me ha llegado un oficio del Juzgado pidiéndome que informe de si se le hizo la prueba de detección de drogas al conductor y si no se le hizo, el porqué.
Lógicamente la prueba de alcoholemia fue negativa y no presentaba síntomas de hallarse bajo la influencia de drogas.
Si conoceís algún caso similar, me gustaría que me aconsejaraís.
Un saludo a todos y gracias por anticipado.
Hace poco me ha ocurrido un tema realmente extraño y quería que me dieraís vuestra opinión.
Soy G.C. de Atestados e instruí el Atestado y posterior Informe Técnico por un accidente con un fallecido, concretamente un atropello a una peatón en la autovía.
Bien, hace poco me ha llegado un oficio del Juzgado pidiéndome que informe de si se le hizo la prueba de detección de drogas al conductor y si no se le hizo, el porqué.
Lógicamente la prueba de alcoholemia fue negativa y no presentaba síntomas de hallarse bajo la influencia de drogas.
Si conoceís algún caso similar, me gustaría que me aconsejaraís.
Un saludo a todos y gracias por anticipado.
Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Pues muy sencillo, contesta el escrito del juzgado diciendo que careces de medios para realizar este tipo de pruebas.
No hay mas, compañero.
No hay mas, compañero.
- oficial024
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Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Hola compañero. Yo creo que debes contestar que al efectuar la prueba deAlcoholemia y resultar negativa y el conductor no mostrar signos o sintomas evidentes de estar bajo la influencia de drogas....etc.; no procede el realizarningún control de drogas. Alctualmente, el unico equipod de drogas en el mercado, todavía no esta homologado
Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Saludos.
En principio y dando por supuesto que todos contestamos correctamente a un Juez, aunque nos de a veces ganas de mandarlos a .... ; tu actuación es más que correcta. Ya que incluso la prueba de alcoholemia no sería obligatoria incluso en un accidente con un fallecido. El RGC habla de que los agentes de la autoridad "podrán efectuar" las pruebas de alcoholemia. Ya sé que todos haríamos la prueba de alcoholemia en un caso parecido, pero es una diligencia que decide únicamente el agente de Atestados, sólo él.
Yo contestaría que tras efectuar la prueba de alcoholemia y al no observar síntoma alguno de que dicha persona no ha ingerido sustancia alguna tal como droga o medicamento no se efectúa el acompañamiento al hospital y posterior análisis tal como marca el RGC.
En principio y dando por supuesto que todos contestamos correctamente a un Juez, aunque nos de a veces ganas de mandarlos a .... ; tu actuación es más que correcta. Ya que incluso la prueba de alcoholemia no sería obligatoria incluso en un accidente con un fallecido. El RGC habla de que los agentes de la autoridad "podrán efectuar" las pruebas de alcoholemia. Ya sé que todos haríamos la prueba de alcoholemia en un caso parecido, pero es una diligencia que decide únicamente el agente de Atestados, sólo él.
Yo contestaría que tras efectuar la prueba de alcoholemia y al no observar síntoma alguno de que dicha persona no ha ingerido sustancia alguna tal como droga o medicamento no se efectúa el acompañamiento al hospital y posterior análisis tal como marca el RGC.
- tranquicolega
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Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Buenas noches a todos
He visto vuestras respuestas, y teneís más razón que santos
Por un lado todavía no tenemos los medios necesarios para poder realizar esta prueba con las mínimas molestias al usuario
En segundo lugar a algunos jueces habría que darles un curso de educación vial, más bien de moral vial, porque hay cada uno por ahí que mete miedo
En tercer lugar, el agente Instructor, que somos los que estamos allí y vemos como discurre todo el tema, deberíamos ser los únicos que decidieramos que tipo de pruebas periciales realizar y no tener que andar solicitando al juzgado autorizaciones, como por ejemplo la realización de extracción de sangre para realizar la prueba de detección alcohólica o de drogas.
Bueno compañeros, al Sr. Juez le he contestado que el conductor no presentaba ningún tipo de sintomatología y que incluso en el lugar había varios médicos, enfermeros, personal de mantenimiento etc y que ninguno de ellos tampoco observó niguna conducta anómala del conductor.
Ya os seguiré informando del tema.
Por cierto nos han llegado un par de sentencias absolutorias que a mí personalmente me han dejado un poco frío, en cuanto pueda os las subo para que comenteis
Gracias nuevamente por todo
He visto vuestras respuestas, y teneís más razón que santos
Por un lado todavía no tenemos los medios necesarios para poder realizar esta prueba con las mínimas molestias al usuario
En segundo lugar a algunos jueces habría que darles un curso de educación vial, más bien de moral vial, porque hay cada uno por ahí que mete miedo
En tercer lugar, el agente Instructor, que somos los que estamos allí y vemos como discurre todo el tema, deberíamos ser los únicos que decidieramos que tipo de pruebas periciales realizar y no tener que andar solicitando al juzgado autorizaciones, como por ejemplo la realización de extracción de sangre para realizar la prueba de detección alcohólica o de drogas.
Bueno compañeros, al Sr. Juez le he contestado que el conductor no presentaba ningún tipo de sintomatología y que incluso en el lugar había varios médicos, enfermeros, personal de mantenimiento etc y que ninguno de ellos tampoco observó niguna conducta anómala del conductor.
Ya os seguiré informando del tema.
Por cierto nos han llegado un par de sentencias absolutorias que a mí personalmente me han dejado un poco frío, en cuanto pueda os las subo para que comenteis
Gracias nuevamente por todo
Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Muy buenas compañero. En referencia al tema de los controles de drogas, tenia entendido que la Guardia Civil ya tenia drogo-test, al igual que hace años utilizan los Mossos d'Esquadra de Tráfico. Sé de algunos casos en los que se ha imputado delito por conducir bajo los efectos de sustancias estupefacientes, presentando el atestado en el juzgado y al final el juez ha acabado condenando.
Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Hace poco estube en unas charlas sobre el detector de drogas y ciertamente el aparato esta muy bien y dicen que tiene una efctividad del 99%, pero, siempre hay un pero, no tiene certificado de homologación, lo que quiere decir que, sí se puede imputar un delito si el resultado es positivo, pero si el interesado no se conforma, la administración debe mandar las pruebas a un laboratorio para su analizar y el resultado presentarlo en el juzgado, lo que supone un gasto.
Me da que hasta que no regulen el tema como la alcoholemia no se implantara
Un saludo
Me da que hasta que no regulen el tema como la alcoholemia no se implantara
Un saludo
- Luis-Lopez
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Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Compañero "tranquicolega":
Supongo que a su Señoria le contestarias que no se le hizo las pruebas de drogas porque no disponemos, en la inmensa mayoria de los Destacamentos, del susodicho aparatito.
Y aunque los tuvieramos, que en mi Destº lo dejaron en prenda despues de una fase experimental a finales del año pasado, pues tampoco lo utilizas en un accidente, a no ser que "la cosa sea blanca y en botella". Quiero decir que en un siniestro, despues de hacer soplar y arrojar resultado negativo, veas claramente que el "insurrecto" esta totalmente colgado.
De todas formas, en el ambito de la Agrupacion, esta en vigor la intruccion sobre drogas de la DGT, que consta de tres pasos sucesivos, uso o no del Drogotest (si lo tienes claro), el sometimiento del conductor a reconocimiento medico expreso para la determinacion de ingestion de sustancia psicotropicas y demas y finalmente extraccion sanguinera y su remision por el sistema sanitario al Instituto Nacional de Toxicologia de Madrid (Asi lo dice la instruccion).
Claro, todo esto si lo tienes claro que le vas a pillar, sino tiene sintomas ninguno pues a correr.
Saludos para Martin-03
PD: El aparatito viene homologado y con su certificado de Metrologia, con su caducidad, como los "evidenciales".
Principal pega del Drogotest, que para realizar una prueba te puedes tirar entre 10 y 45 minutos, segun como genere saliva el sometido a prueba
Supongo que a su Señoria le contestarias que no se le hizo las pruebas de drogas porque no disponemos, en la inmensa mayoria de los Destacamentos, del susodicho aparatito.
Y aunque los tuvieramos, que en mi Destº lo dejaron en prenda despues de una fase experimental a finales del año pasado, pues tampoco lo utilizas en un accidente, a no ser que "la cosa sea blanca y en botella". Quiero decir que en un siniestro, despues de hacer soplar y arrojar resultado negativo, veas claramente que el "insurrecto" esta totalmente colgado.
De todas formas, en el ambito de la Agrupacion, esta en vigor la intruccion sobre drogas de la DGT, que consta de tres pasos sucesivos, uso o no del Drogotest (si lo tienes claro), el sometimiento del conductor a reconocimiento medico expreso para la determinacion de ingestion de sustancia psicotropicas y demas y finalmente extraccion sanguinera y su remision por el sistema sanitario al Instituto Nacional de Toxicologia de Madrid (Asi lo dice la instruccion).
Claro, todo esto si lo tienes claro que le vas a pillar, sino tiene sintomas ninguno pues a correr.
Saludos para Martin-03
PD: El aparatito viene homologado y con su certificado de Metrologia, con su caducidad, como los "evidenciales".
Principal pega del Drogotest, que para realizar una prueba te puedes tirar entre 10 y 45 minutos, segun como genere saliva el sometido a prueba
- jordibenitez
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- Registrado: 25/05/2008, 03:00
Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Segun la nueva instruccíón de la DGT, 08/S-102, hay un cambio en el procedimiento a seguir con los conductores cuando los agentes encargados de la vigilancia de tráfico dispongan de drogotest. Creo que es interesante que se tenga en cuenta, ya que parte de lo que se dice no es compatible con la anterior instrucción 07/S-94.
(...)
"Instrucción 08/S-102 (sustituye la instrucción 07/S-94)
2.2. El conductor accede a realizar las pruebas
El conductor será informado de que las pruebas previstas se
componen de tres partes:
1. Pruebas de detección de drogas
2. Prueba de detección de alcohol en aire espirado
3. Observación y descripción de signos
1.- La prueba de detección de drogas consiste en someter al conductor a
un test salivar consistente en la toma de dos muestras de saliva:
a) La primera muestra obtenida tiene consideración de prueba
indiciaria de consumo o incorporación al organismo de drogas, y
dará el resultado in situ.
b) La segunda muestra se tomará inmediatamente después y sin
necesidad de esperar el resultado de la primera. Esta segunda
muestra tiene consideración de prueba de detección o
incorporación de drogas, a los efectos previstos en el artículo 28
del Reglamento General de Circulación. La muestra se
custodiará conforme a los protocolos médico-legales de cadena
de custodia, y debe ser remitida al centro toxicológico que realice
los análisis de las sustancias detectadas.
En el supuesto de que el test indiciario de saliva arroje un resultado
positivo, los agentes le informarán de que la segunda muestra tomada
será enviada para su análisis al laboratorio y de que, de acuerdo con lo
prevenido en el artículo 28.1.a) del Reglamento General de Circulación,
tiene derecho a contrastar la prueba salivar mediante extracción sanguínea
en un Centro Médico. El procedimiento a seguir, si el conductor solicita
esta prueba de contraste, será similar al existente para las pruebas de
contraste de alcoholemia. En todo caso la segunda muestra de saliva será
enviada para su análisis al centro toxicológico correspondiente (...)"
(...)
"Instrucción 08/S-102 (sustituye la instrucción 07/S-94)
2.2. El conductor accede a realizar las pruebas
El conductor será informado de que las pruebas previstas se
componen de tres partes:
1. Pruebas de detección de drogas
2. Prueba de detección de alcohol en aire espirado
3. Observación y descripción de signos
1.- La prueba de detección de drogas consiste en someter al conductor a
un test salivar consistente en la toma de dos muestras de saliva:
a) La primera muestra obtenida tiene consideración de prueba
indiciaria de consumo o incorporación al organismo de drogas, y
dará el resultado in situ.
b) La segunda muestra se tomará inmediatamente después y sin
necesidad de esperar el resultado de la primera. Esta segunda
muestra tiene consideración de prueba de detección o
incorporación de drogas, a los efectos previstos en el artículo 28
del Reglamento General de Circulación. La muestra se
custodiará conforme a los protocolos médico-legales de cadena
de custodia, y debe ser remitida al centro toxicológico que realice
los análisis de las sustancias detectadas.
En el supuesto de que el test indiciario de saliva arroje un resultado
positivo, los agentes le informarán de que la segunda muestra tomada
será enviada para su análisis al laboratorio y de que, de acuerdo con lo
prevenido en el artículo 28.1.a) del Reglamento General de Circulación,
tiene derecho a contrastar la prueba salivar mediante extracción sanguínea
en un Centro Médico. El procedimiento a seguir, si el conductor solicita
esta prueba de contraste, será similar al existente para las pruebas de
contraste de alcoholemia. En todo caso la segunda muestra de saliva será
enviada para su análisis al centro toxicológico correspondiente (...)"
- Luis-Lopez
- Nivel de participación:
- Mensajes: 196
- Registrado: 09/10/2002, 03:00
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Re: PRUEBA DE DROGAS EN UN ACCIDENTE
Ahora mismo no tengo el dato aqui, pero si no me equivoco la instruccion 08/S-102 es la que describe el protocolo para la realizacion de controles de conduccion bajo la influencia de drogas, unica y exclusivamente realizados dentro del programa Druid, debiendose acoger el restos de los supuestos fuera de este programa a la instruccion 07/S-94, plenamente vigente.
PD: Cuando curre confirmare si no estoy equivocado.
PD: Cuando curre confirmare si no estoy equivocado.
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