Hola, buenos dias:
Os planteo la siguiente duda.
Tenemos una salida de via, como consecuencia de una falta de atencion en la conduccion del conductor ( En su manifestacion dice que gira su cabeza hacia detras para hablar con la ocupante );
- No hay velocidad.
- No hay alcohol, No drogas.
- No preceptos de infraccion administrativa.
TAN SOLO LA FALTA DE ATENCION PRESTADA A LA CONDUCCION.
-No impericia.- Mas de tres años de licencia de conducir.
Pregunta: ¿ Observais IMPRUDENCIA LEVE O GRAVE ?
TEMERARIA LA DESCARTAMOS.
Quiero pensar que si la hay, bien pudiera ser LEVE, por consiguiente, perseguida por denuncia del perjudicado.
Por cierto el resultado es LESIONES, del tipo de delito= FRACTURAS, de la acompañante.
En otro orden de cosas, dadas sus manifestaciones se contradicen en quien iba circulando con el mismo.
No testigos. solo uno que escucha en el lugar del accidente junto a los instructores, como el adulto de los dos implicados, manifiesta que le habia dejado conduccir al otro ( menor ). Esta manifestacion es contraria cuando nuevamente se le toma en el hospital, manifestando que era í«l ( adulto quien conducia).
Resultando obvio que el menor no tenia licencia de conducir, y evitando el 384 art.
Que me podeis decir sobre la cooperacion necesaria.
Un saludo y gracias.
IMPRUDENCIA LEVE o GRAVE, ¿ TEMERARIA ? ¿ADMINISTRATRIVA?
- moonhunter
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- Registrado: 28/11/2008, 02:00
Re: IMPRUDENCIA LEVE o GRAVE, ¿ TEMERARIA ? ¿ADMINISTRATRIVA
Hombre, yo creo que si no hay nada, no hay nada. Vamos que un accidente es un accidente y todos ocurren por una imprudencia de alguno de los implicados y no por ello se instruye como tal.
En general hay que valorar si el comportamiento del conductor es realmente imprudente o es un conducta reprobable pero aceptada, hay accidentes que se producen por cambiar el cd, por indicar a los pequeños que van detrás que se calmen, por fumar, ojo por mirar a una señorita que se coloca en la rotonda en tanga etc..., y se instruyen como accidente.
Un saludo
En general hay que valorar si el comportamiento del conductor es realmente imprudente o es un conducta reprobable pero aceptada, hay accidentes que se producen por cambiar el cd, por indicar a los pequeños que van detrás que se calmen, por fumar, ojo por mirar a una señorita que se coloca en la rotonda en tanga etc..., y se instruyen como accidente.
Un saludo
Re: IMPRUDENCIA LEVE o GRAVE, ¿ TEMERARIA ? ¿ADMINISTRATRIVA
Me parece una duda interesante.
Este accidente tiene su miga, bien pudiera ser imprudencia del adulto que manifiesta la distracción, sin concretar si es grave o leve, pero sin descartar que conducía el menor. Este extremo habría que aclararlo investigando si existe alguna motivación que provocase este hecho, por ejemplo, alcoholemia positiva de uno de los adultos.
Este accidente tiene su miga, bien pudiera ser imprudencia del adulto que manifiesta la distracción, sin concretar si es grave o leve, pero sin descartar que conducía el menor. Este extremo habría que aclararlo investigando si existe alguna motivación que provocase este hecho, por ejemplo, alcoholemia positiva de uno de los adultos.
Re: IMPRUDENCIA LEVE o GRAVE, ¿ TEMERARIA ? ¿ADMINISTRATRIVA
Precisamente eso es lo que es todo accidente de tráfico, es decir una IMPRUDENCIA.
Es decir, todo atestado que se elabora por accidente de tráfico, en virtud e las "consecuencias" del mismo serán juzgados como FALTA o DELITO de Imprudencia (grave o leve, eso lo determinará el juez).
Un saludo.
Tanausú.
Es decir, todo atestado que se elabora por accidente de tráfico, en virtud e las "consecuencias" del mismo serán juzgados como FALTA o DELITO de Imprudencia (grave o leve, eso lo determinará el juez).
Un saludo.
Tanausú.
Re: IMPRUDENCIA LEVE o GRAVE, ¿ TEMERARIA ? ¿ADMINISTRATRIVA
Yo creo que con el atestado instruido ya estas denunciando el hecho ante la autoridad judicial. De hecho el atestado es una denuncia. Informandole a los ocupantes de los derechos que le asisten como implicado en accidente de tráfico y exponiendoles los plazos que tienen para reclamar, ya presentaran los interesados denuncia por via penal o via civil. Y dependiendo de las lesiones igual el juez imputa imprudencia grave o leve.
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