Que yo sepa, eso no ha ocurrido nunca al menos a mí, pero en el caso de que ocurriese; eso estaría ya en manos del juzgado quien posee ya atestado confeccionado con tickes de resultado y además sintomatología.
Como en el atestado debe ir reseñado todo cuanto se hizo durante la práctica y lo que queda pendiente... (en este caso resultado de la muestra de sangre), caso de dar esta muestra resultado negativo, el/la juez resolvería en consecuencia e iniciaría las correspondientes investigaciones y averiguaciones.
Claro que esto recaería en un delito mayor.
Extracción de sangre
Extracción de sangre
De todos modos el agente aparte del atestado o bien de la denuncia, inicia diligencias de traslado al Centro Hospitalario más cercano, figurando en las mismas, fecha, hora, motivo (por voluntad del que realiza la prueba), y facultativo que realiza la extracción, firmándolo éste último con su rúbrica y número de colegiado en las citadas diligencias. Todo esto, en presencia de los agentes instructores.
A partir de ahí, la obligación del agente se ha terminado.
En mi opinión (y digo, mi opinión), creo que según el Artículo 397 del Código Penal, en la Sección 3º que habla de LA FALSIFICACIÓN DE CERTIFICADOS, dice:
El facultativo que librare certificado falso será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
Sé de un caso parecido, al que se le practicaron las pruebas a un señor dando este positivo, el cual carecía de permiso de conducir, mostrando a los agentes, el permiso de conducir de su hermano gemelo. Se le instruyó atestado por supuesto delito contra la seguridad del tráfico al conducir bajo las influencias del alcohol con una tasa (equis) y otro por supuesto delito de la usurpación del estado civil.
Artículo 401. Código Penal.
El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.
Espero haberte informado correctamente, no obstante si alguien ha pasado por un caso parecido, que por favor lo exponga.
Saludos cordiales.

A partir de ahí, la obligación del agente se ha terminado.
En mi opinión (y digo, mi opinión), creo que según el Artículo 397 del Código Penal, en la Sección 3º que habla de LA FALSIFICACIÓN DE CERTIFICADOS, dice:
El facultativo que librare certificado falso será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
Sé de un caso parecido, al que se le practicaron las pruebas a un señor dando este positivo, el cual carecía de permiso de conducir, mostrando a los agentes, el permiso de conducir de su hermano gemelo. Se le instruyó atestado por supuesto delito contra la seguridad del tráfico al conducir bajo las influencias del alcohol con una tasa (equis) y otro por supuesto delito de la usurpación del estado civil.
Artículo 401. Código Penal.
El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.
Espero haberte informado correctamente, no obstante si alguien ha pasado por un caso parecido, que por favor lo exponga.
Saludos cordiales.

Extraccion de sangre
Yo puedo contaros un caso, que si bien no me aconteció a mi directamente, si ocurrió en mi Unidad.-
En el típico control de alcoholemia, se le dio el alto a un turismo conducido por una señora, la cual resultó ser doctora; dicha señora una vez realizada la prueba arrojó un resultado positivo, no recuerdo tasa, pero creo recordad que se extendió boletín de denuncia, dicha "SEÑORA", solicitó que la extracción se sangre, por lo que fue trasladada al Centro Sanitario correspondiente en el cual trabajaba dicha señora, al llegar al mismo y comprobar el personal del Centro a lo que ibamos allí, digamos que todo eran pegas, si se podía extraer sangre de otra persona que estaba trabajando, etc, etc, ante la negativa de la pareja de motoristas que habían trasladado a la "SEÑORA", finalmente se dispusieron a realizar la extracción, para lo cual una ats., que estaba muy nerviosa dispuso todo lo necesario, llegando incluso a romper un tubo de sangre una vez estraida la misma y ensunciando toda la sala, momento en que según creyó uno de los motoristas que estaban pendientes de la prueba aprovecho dicha ats., para pegar el cambiazo en los tubos.-
Una vez llego el resultado a la Unidad, vuala, 0,00
, por supuesto antes de que llegase el citado resultado se comunico lo que había pasado a la superioridad, los cuales optaron por poner el hecho en conocimiento del Fiscal, el cual según creo abrió un investigación, en la cual no se pudo probar nada pero si se llego a dar "un tirón de orejas" al personal del Centro Hospitalario.-
En definitiva, no se exactamente lo que paso una vez que tuvo conocimiento la superioridad del hecho, pues ya procuraron llevar el tema con el máximo secretismo y sólo se iban recogiendo recortes sobre lo sucedido.-
Conclusión.-
Cuando vayas a realizar una extracción de sangre, hazlo con los ojos bien abiertos.-
Soluciones legales.-
A mi modesto entender sería cuestión, no sé como, de solicitar que se realizase un analisis de la sangre para saber si pertenencen a la misma persona, y de no ser así, sería cuando se entraríamos en posibles falsedades. De todas formas opino como el compañero Esemelli, una vez realizada la extracción y entregadas las diligencias, nuestra funció ha terminado.-
En el típico control de alcoholemia, se le dio el alto a un turismo conducido por una señora, la cual resultó ser doctora; dicha señora una vez realizada la prueba arrojó un resultado positivo, no recuerdo tasa, pero creo recordad que se extendió boletín de denuncia, dicha "SEÑORA", solicitó que la extracción se sangre, por lo que fue trasladada al Centro Sanitario correspondiente en el cual trabajaba dicha señora, al llegar al mismo y comprobar el personal del Centro a lo que ibamos allí, digamos que todo eran pegas, si se podía extraer sangre de otra persona que estaba trabajando, etc, etc, ante la negativa de la pareja de motoristas que habían trasladado a la "SEÑORA", finalmente se dispusieron a realizar la extracción, para lo cual una ats., que estaba muy nerviosa dispuso todo lo necesario, llegando incluso a romper un tubo de sangre una vez estraida la misma y ensunciando toda la sala, momento en que según creyó uno de los motoristas que estaban pendientes de la prueba aprovecho dicha ats., para pegar el cambiazo en los tubos.-
Una vez llego el resultado a la Unidad, vuala, 0,00

En definitiva, no se exactamente lo que paso una vez que tuvo conocimiento la superioridad del hecho, pues ya procuraron llevar el tema con el máximo secretismo y sólo se iban recogiendo recortes sobre lo sucedido.-
Conclusión.-
Cuando vayas a realizar una extracción de sangre, hazlo con los ojos bien abiertos.-
Soluciones legales.-
A mi modesto entender sería cuestión, no sé como, de solicitar que se realizase un analisis de la sangre para saber si pertenencen a la misma persona, y de no ser así, sería cuando se entraríamos en posibles falsedades. De todas formas opino como el compañero Esemelli, una vez realizada la extracción y entregadas las diligencias, nuestra funció ha terminado.-
Extracción de sangre
Hola a todos:
Yo quería preguntaros a vosotros, a ver si alguno ha tenido el mismo problema que yo, ¿en el caso de que el ambulatorio o el hospital se niegue ha hacerle la prueba que haceis?, es evidente que comete una infracción recogida en la Ley de Seguridad Vial, pero aparte de eso y de comunicarselo al Juez, ¿sabeis si se ha procedido de otra forma?.
Un Saludo para todos
Yo quería preguntaros a vosotros, a ver si alguno ha tenido el mismo problema que yo, ¿en el caso de que el ambulatorio o el hospital se niegue ha hacerle la prueba que haceis?, es evidente que comete una infracción recogida en la Ley de Seguridad Vial, pero aparte de eso y de comunicarselo al Juez, ¿sabeis si se ha procedido de otra forma?.
Un Saludo para todos
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