ALCOHOLEMIA NEGATIVA Y EXTRACCIÓN DE SANGRE.-

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jason
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ALCOHOLEMIA NEGATIVA Y EXTRACCIÓN DE SANGRE.-

Mensaje por jason »

En el Destacamento al que yo pertenezco, llevamos unos dí­as con un polémica sobre la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia y me gustarí­a saber la opinión de otros compañeros de profesión.-
Todos tenemos claro que si una persona se niega a someterse a la preceptiva pruega de alcoholemia y no presenta sintomas, se formula boletí­n de denuncia a la Jefatura por negarse.-
Por el contrario, si se niega pero presenta sintomas, se instruyen diligencias por desobediencia grave, y, se hace constar la sintomatologí­a que presenta la persona en cuestión.-
Mi pregunta es:
En este segundo caso, la persona que se niega y tiene sintomas, si solicita una extración de sangre tiene derecho a ella :?:.-
:lol: Muchas gracias por las contestaciones y las aclaraciones que sobre el tema me podais hacer.-
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sergio
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Mensaje por sergio »

¿La persona que se niega y tiene sintomas, si solicita una extración de sangre tiene derecho a ella?

Aunque en la normativa no figure expresamente este supuesto, entiendo que habrí­a que darle la oportunidad de realizarle una extracción sanguí­nea a su ruego con el fin de preservar su derecho a la defensa. Independientemente de que se le extraiga sangre o no, procederí­a a su detención por un delito de conducción bajo la influencia de las bebidas alcohólicas y otro de desobediencia grave, ya que la prueba legalmente establecida es la de "aire espirado".

Análogamente, cuando no presente sintomatologí­a y se niegue a someterse a la prueba, si solicita análisis de sangre, lo denunciarí­a por comisión de una infracción grave del art 21 RGC y se le realizarí­a la prueba de extraccion de sangre.
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jason
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Mensaje por jason »

:oops: Y, si una vez realizada la extracción de sangrem arroja un resultado negativo en la misma.-
Me sigo preguntando si legalmente existe la obligación de facilitarle la extracción de sangre, pues creo entender que según la instrucción de la Fiscalí­a sobre alcoholemia, el resultado es una prueba subjetiva, mientras que la sintomatologí­a lo serí­a objetiva.-
¿Legalmente, tiene o no tiene derecho a una extracción de sangre al negarse a la prueba?.-
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Fenomeno
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No obstante V.I. resolverá....

Mensaje por Fenomeno »

Creo que la conclusión a la que llegamos:

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aguscan
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Mensaje por aguscan »

Siento disentir de tu segunda ecuacion. NO SINTOMAS + NO PRUEBA = DENUNCIA ADMINISTRATIVA
Saludos
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Paco
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Mensaje por Paco »

1.- Si el conductor presenta sí­ntomas evidentes, ya existe causa suficiente para proceder a su detención por delito contra la seguridad del tráfico, por lo que yo procederí­a a su detención por este motivo. Asimismo creo que si el conductor prefiere someterse a la prueba por el método del análisis sanguí­neo en lugar del aire espirado no comete negativa, ya que lo único que hace es elegir el método por el cual desea someterse a la prueba.

2.- Si el conductor no presenta sí­ntomas, lo que harí­a es formularle la correspondiente denuncia por la negativa, haciendo constar que desea someterse al análisis sanguí­neo y que la Jefatura decida a la vista de los posteriores resultados.

En los dos supuestos anteriores harí­a constar que el conductor debe de abonar los gastos que se originen del análisis tanto si el resultado es negativo como positivo, ya que esta prueba dejarí­a de ser de contraste.

No se si la forma de actuar serí­a muy ortodoxa, ya que no se ajusta con total exactitud a lo legalmente establecido, ya que los medios que la adminstración pone en nuestras manos para realizar las pruebas de detección es por método de aire espirado; sin embargo creo que es bueno facilitar al inculpado la realización de la prueba, y entiendo que el hecho de no querer "soplar", por las diferentes causas que cada uno pueda exponer, no es lo mismo que no querer realizar la prueba si se solicita la extracción sanguí­nea.

UN SALUDO A TODOS
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sergio
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Mensaje por sergio »

No serí­a lógico denunciar por negativa al que no desea soplar porque no presenta sí­ntomas y no detener por desobediencia al que presentando sí­ntomas evidentes se niega a soplar, por mucho que tanto uno como el otro soliciten un análisis de sangre. La segunda conducta reviste mayor gravedad que la primera y por tanto no deberí­a quedar impune.

En cuanto a si el conductor tiene derecho a elegir el método de detección alcohólica a emplear, la respuesta es negativa. Unicamente puede decidir qué pruebas realizar, el personal facultativo del centro médico al que haya sido trasladado el conductor y a consecuencia de las circunstancias del artí­culo 22.2 RGC.

Salu2.
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Unomas
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ALCOHOLEMIA NEGATIVA Y EXTRACCION DE SANGRE

Mensaje por Unomas »

¿La persona que se niega y tiene sintomas, si solicita una extración de sangre tiene derecho a ella?

Primero: Según la legislación vigente, la extracción sanguí­nea se efectuará a petición del interesado para constraste del resultado obtenido con los etilómetros legalmente autorizados.

Segundo: En este caso, al no realizar la prueba con un etilómetro, no hay nada que contrastar.

Conclusión: Tanto trasladar, como no hacerlo, al usuario hasta un centro sanitario para que le efectúen la extracción sanguí­nea o la prueba de decida el facultativo de guardia, ES POTESTATIVO DE LOS AGENTES QUE INTERVIENEN, así­ que como se dice popularmente "TU MISMO".

Un saludo.
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Tanausu
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Mensaje por Tanausu »

:arrow: Totalmente de acuerdo con lo expuesto con "AGUSCí
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fernandomigue
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Mensaje por fernandomigue »

Primero. Hay que distinguir entre:
Control preventivo de alcoholemia.
Prueba de alcoholemia por infracción.
Prueba de alcoholemia por accidente.
Prueba de alcoholemia por delito contra la seguridad del tráfico.
Como vereí­s son diferentes situaciones y diferentes casos a resolver. Mientras que en el priemero serí­a una situación meramente administrativa (en todo caso siempre la negativa llevarí­a a la inmovilización del vehí­culo). En el resto de los casos la negativa a realizar la prueba de alcoholemia conllevarí­a a un delito de desobediencia grave, independientemente de presentar sí­ntomas o no.
La prueba legalmente establecida es la de aire espirado. Siendo la extracción sanguí­nea una prueba de contraste a la primera realizada en aire o en su defecto prueba de alcoholemia para personas que por impedimentos fí­sicos demostrados, les incapacitaran para realizar la primera.

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