Hola a todos, majetes. Vamos a ver, me gustaría saber si alguien de la lista me puede contestar a esta pregunta, porque estoy interesado en saber cómo lo hacéis en vuestras ciudades o destinos.
Como sabéis, desde el cambio reciente del Código penal, conducir con tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mgr/l se considera siempre delito, según dispone el art. 379.2, segundo párrafo.
Por otro lado, el art. 383 dice que la negativa a someterse a las pruebas para la comprobación de alcoholemia y droga a que se refieren los artículos anteriores (es decir, que está comprendido el 379), será delito.
Antes, como sabéis, después de una Sentencia del Supremo, se seguía más o menos la regla de que en controles preventivos de alcoholemia, si se negaba, sólo era delito si además tenía síntomas, si no, era infracción administrativa. En el caso de que la prueba fuera a realizarse por haber cometido una infracción, lo mismo. Sólo era delito la negativa independientemente de que tuviera o no síntomas, cuando la prueba se realizaba como consecuencia de un accidente de tráfico y cuando se realizaba por tener síntomas.
En fin, que no sé si me he explicado, pero después de la reforma del Código penal reciente, parecería que toda negativa, tuviera o no síntomas, es delito, y por lo tanto, habría que realizar el correspondiente Atestado. Lo único que he visto por ahí que habla un poco sobre el tema, es una circular de la Fiscalía General de Galicia, donde, curiosamente, considera delito la negativa, pero en los casos de accidentes, síntomas e infracciones, y no dice nada de controles, por lo que no se sabe si es que se les ha olvidado esta posibilidad, o expresamente lo ha obviado.
Resumiendo, que me gustaría saber cómo se está haciendo en vuestros destinos y ciudades, sobre todo en el caso de controles preventivos de alcoholemia, si siempre se considera delito la negativa, tenga o no síntomas.
Un saludo,
Warrior.
Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la prueba
Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Hola una saludo.
Tras la nueva reforma del Código Penal entiendo que todas las negativas constituyen el delito del 383, a diferencia de lo que ocurría antes, en que solo eran consideras negativas las que se producían en accidente de circulación o cuando había sintomas de conducción bajo la influencia.
No obstante, es la interpretación que estamos haciendo y al leer tu pregunta y lo de la circular de Galicia me saltan las dudas.
Bueno, un saludo.
Tras la nueva reforma del Código Penal entiendo que todas las negativas constituyen el delito del 383, a diferencia de lo que ocurría antes, en que solo eran consideras negativas las que se producían en accidente de circulación o cuando había sintomas de conducción bajo la influencia.
No obstante, es la interpretación que estamos haciendo y al leer tu pregunta y lo de la circular de Galicia me saltan las dudas.
Bueno, un saludo.
Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Efectivamente compañero MSK, si la persona se niega a someterse a las pruebas de detección de alcohol o de drogas comete un delito contemplado en el articulo 379. Si la persona en la prueba de detección alcoholica arroja un resultado superior a 0,60 comete un delito (aqui ya no hace falta la sintomatologia como antaño)
Salu2
Salu2
Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Perdon en referencia al post el articulo correcto es el 383 y no el 379 (lapsus linguae)
Salu2
Salu2
- syncro_207
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Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
A partir de 0.60 aplicamos via penal siempre. Lo que aún no he podido comprobar es lo que falla el juez...
Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Saludos:
En Tarragona también, a partir de 0'60 siempre penal y la negativa idem.
Hasta otro rato.
En Tarragona también, a partir de 0'60 siempre penal y la negativa idem.
Hasta otro rato.
Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Nosotros acompañamos estado psicofisico del imputado/detenido para establecer la posible pena.
- syncro_207
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Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Por supuestísimo, el acta de simptomatología por muy pocos indicios que hayan SIEMPRE se acompaña en penales.Eddy76 escribió:Nosotros acompañamos estado psicofisico del imputado/detenido para establecer la posible pena.
Re: Controles de alcoholemia y negativa a someterse a la pru
Hola a todos. Me sorprende que aún y a fecha en la que nos encontramos tan sólo la Fiscalía de Galicia halla confeccionado unas normas de actuación en relación a las modificaciones del Código Penal y su adecuada interpretación y aplicación. ¿conoceis alguna otra circular al respecto?
Respecto a las velocidades me gustaría conocer que márgenes de error del cinemómetro aplicais y si aún se consideran los márgenes de error del velocímetro del vehículo.
Un saludo a todos los foreros.
Respecto a las velocidades me gustaría conocer que márgenes de error del cinemómetro aplicais y si aún se consideran los márgenes de error del velocímetro del vehículo.
Un saludo a todos los foreros.
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