Queridos compañeros:
Recientemente en un caso de accidente mas alcoholemia, le solicité a la doctora del 112 copia de la Hoja de asistencia para adjuntarla a las diligencias. Basicamente lo hice porque ellos nos llamaron poniendo mucho incapie en que el conductor presentaba sintomas. La doctora me dijo que no me lo daba por que era confidencial. Como tenia los tickets y la diligencia de sintomas no quise mas problemas.
Ahora bien, leyendo la Lecrim dice "Artículo 796.
1. Sin perjuicio de cuanto se establece en el Título III del Libro II y de las previsiones del capítulo II del Título II de este Libro, la Policía Judicial deberá practicar en el tiempo imprescindible y, en todo caso, durante el tiempo de la detención, las siguientes diligencias:
1º. Sin perjuicio de recabar los auxilios a que se refiere el ordinal l. del artículo 770, solicitará del facultativo o del personal sanitario que atendiere al ofendido copia del informe relativo a la asistencia prestada para su unión al atestado policial.
En caso de que se negará a darmelo. ¿Podría instruir diligencias por falta de desobediencia?
Un abrazo.
Markus
Solicitud certificado a un facultativo
Re: Solicitud certificado a un facultativo
Tu lo has escrito, "que atendiere al ofendido".
No al denunciado.
No obstante no te compliques la esixtencia, si tu tienes tus pruebas, con eso te sobra.
No al denunciado.
No obstante no te compliques la esixtencia, si tu tienes tus pruebas, con eso te sobra.
Re: Solicitud certificado a un facultativo
Saludos.
El facultativo está obligado a facilitar copia de parte de asistencia médica de las víctimas del delito, ya que así lo obliga la Ley 38/2002, de modificación parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tal y como señalas; ya que el espíritu de dicha reforma es que la Autoridad Judicial tenga un conocimiento exacto, incluso con informes verbales por parte de los agentes policiales, sobre el estado físico y tipología lesiones de la víctima para una rápida valoración jurídica del tipo penal aplicable.
Yo particularmente efectué diligencias por desobediencia a un facultativo que se negó a facilitarme dicho parte facultativo ( en un caso de violencia doméstica) y se lo calzaron judicialmente. Por otro lado, te recomiendo que en todos esos casos, informes a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma correspondiente y ellos tienen sus propios mecanismos disciplinarios.
El facultativo está obligado a facilitar copia de parte de asistencia médica de las víctimas del delito, ya que así lo obliga la Ley 38/2002, de modificación parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tal y como señalas; ya que el espíritu de dicha reforma es que la Autoridad Judicial tenga un conocimiento exacto, incluso con informes verbales por parte de los agentes policiales, sobre el estado físico y tipología lesiones de la víctima para una rápida valoración jurídica del tipo penal aplicable.
Yo particularmente efectué diligencias por desobediencia a un facultativo que se negó a facilitarme dicho parte facultativo ( en un caso de violencia doméstica) y se lo calzaron judicialmente. Por otro lado, te recomiendo que en todos esos casos, informes a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma correspondiente y ellos tienen sus propios mecanismos disciplinarios.
Re: Solicitud certificado a un facultativo
Bien, yo entiendo que los facultativos están obligados de informarno de lo que le ocurre al paciente, herido, imputado, etc, lo que ya no tengo muy claro y sin el consentimiento de el herido es que esten obligados a darnos el parte médico que extienden a esta persona, ya que el parte y eso esta muy claro es que es personal del paciente, lo que tiene que hacer el facultativo es extendernos un informe médico judicial que todos ellos tienen, tanto en las ambulancias del 061 como en los centros de salud, del cual una copia es para el juzgado, otra para ellos y otra para nosotros, lo que ocurre que como normalmente tienen mucho trabajo o no tienen ganas de escribir nos facilitan una copia del parte médico que le extienden al paciente.
yo entiendo que si no nos quieren facilitar ese parte médico personal del paciente no podemos hacer nada, pero si se le solicita el parte judicial de lesiones si están obligados a darnolos y si no lo quieren hacer entonces procedería su identificación y yo abriría diligencias por desobeciencia
un saludo.
yo entiendo que si no nos quieren facilitar ese parte médico personal del paciente no podemos hacer nada, pero si se le solicita el parte judicial de lesiones si están obligados a darnolos y si no lo quieren hacer entonces procedería su identificación y yo abriría diligencias por desobeciencia
un saludo.
Re: Solicitud certificado a un facultativo
Saludos.
El parte médico que podemos solicitar copia es el de urgencias, la primera asistencia médica que la víctima u ofendido del delito recibe tras ser víctima de un presunto delito de los que se instruye por juicio rápido. La víctima no pinta nada en ese asunto ya que es una diligencia propia de la Policía judicial que instruye en calidad de preinstrucción penal unas diligencias para que el Juez de Guardia tenga un conocimiento exacto de qué tipo penal se está hablando. La confidencialidad, entiendo que no se vulnera la intimidad de la víctima ya que viene regulado, en todo caso, por ley la obtención de dicho parte médico.
El parte médico que podemos solicitar copia es el de urgencias, la primera asistencia médica que la víctima u ofendido del delito recibe tras ser víctima de un presunto delito de los que se instruye por juicio rápido. La víctima no pinta nada en ese asunto ya que es una diligencia propia de la Policía judicial que instruye en calidad de preinstrucción penal unas diligencias para que el Juez de Guardia tenga un conocimiento exacto de qué tipo penal se está hablando. La confidencialidad, entiendo que no se vulnera la intimidad de la víctima ya que viene regulado, en todo caso, por ley la obtención de dicho parte médico.
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