En relación con los comunicados (post) remitidos a
www.causadirecta.com en los últimos días y relacionados con la aplicación informática PPA (PLANIMETRIC POLICE APPLICATION), marca propiedad de SICTRA IBÉRICA, por medio del presente queremos hacer constar que:
a) Dicha aplicación ha sido desarrollada íntegramente en España, de acuerdo a la legislación española y atendiendo a la legislación de la Unión Europea en lo que se refiere a características geométricas y de trazado de las vías, tanto urbanas como interurbanas, así como a la señalización.
b) Esta aplicación fue ofertada a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en el año 2001, siendo entonces rechazada. Seguido pasamos a reproducir exactamente, y en la parte que corresponde, el contenido de la comunicación recibida con fecha de 8 de noviembre de 2001 y firmada por el General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil: “Una vez que se ha procedido a evaluar su aplicación PPA (Planimetric Police Asociation), son de destacar la sencillez de su manejo y la rapidez en la confección de croquis sencillos; no obstante, cuando se trabaja con “escenarios” más complicados, se hace necesario el frecuente uso de “parches” que ralentizan el programa y complican su manejo. Tampoco cuenta la aplicación con las “librerías” que esta Agrupación estima como necesarias (de vehículos, peatones y otros objetos de interés vial), y que facilitarían en gran medida el trabajo a realizar. Por lo expuesto, el programa no responde a las expectativas que trata de cubrir esta Agrupación”.
c) A la comunicación anterior, se respondió desde SICTRA IBÉRICA con fecha de 21 de Noviembre de 2001, haciendo constar expresamente lo siguiente (reproducimos también en la parte que corresponde): “El PPA... es susceptible de ser complementada con librerías de todo género, adaptadas a las necesidades específicas del usuario, y que también la diferencia del resto de aplicaciones. En lo que se refiere a las planimetrías complicadas, decir que las mismas con PPA pueden ser realizadas también de forma muchísimo más sencilla que mediante el uso de cualquier otra aplicación, si bien el usuario precisa de cierta formación para el manejo del programa, y así evitar el uso de los denominados por V.I. “parches”. No obstante, un usuario sin formación adicional, sería capaz de realizar el 90% de las planimetrías de escenarios de accidentes de tráfico, con una calidad de trabajo cuando menos igual ...”.
d) Desde entonces, y con la intención de ofertar el PPA, se ha esperado a la publicación en el B.O. E. de la adquisición para la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de una herramienta informática para la elaboración de croquis, ya sea por parte de la DGT o de la DGGC, sin que esta se publicase.
e) Recientemente se ha tenido constancia de que por parte de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se ha adquirido una herramienta informática para el fin citado en el punto anterior, siendo esta otra distinta del PPA.
f) Visto lo anterior, y de acuerdo a la legislación vigente, entendemos que no procede el uso de la aplicación PPA por parte de persona física y/o jurídica, o entidad pública o privada, que no tenga licencia de uso o autorización expresa del propietario de la marca para su uso, y ello atendiendo a la legislación Española sobre propiedad intelectual.
g) SICTRA IBÉRICA quiere hacer constar de forma expresa que lamenta los inconvenientes que esta actitud haya causado, si bien entiende que la misma lo es amparada en el ordenamiento jurídico vigente y en defensa de los legítimos intereses de quienes, de acuerdo a la legislación española, son titulares de licencias de uso de la aplicación PPA (Planimetric Police Application).
Quedando a su disposición, reciban un cordial saludo.