Drogas y estupuefacientes

Foro general de debate sobre temas relacionados con los accidentes de tráfico, especialmente en lo relativo a su investigación y reconstrucción.
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60812
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Drogas y estupuefacientes

Mensaje por 60812 »

Me da casi miedo entrar en este foro, pero me gusta comentar las cosas en base a mi esperiencia profesional, o en la forma en que realizamos las cosas en mi ciudad.
Primero e importante, en el caso que nos han expuesto, es un control preventivo, no existe ninguna infracción, alguien procederí­a a la detención del conductor?, (yo no), realizaria todo de forma administrativa.
Si considerase que podrí­a ir bajo la influencia de sustancias estupefacientes, prueba en el hospital, si se niega oficiar por una desobediencia, lo de grave o leve lo puede tipificar el juzgado en base a nuestra declaración.
Otro caso muy diferente, si va infringiendo, y despues se le ven sintomas al pararle, lo primero detención, lectura de derechos, y despues las pruebas que hagan falta, pero ya como detenido.
En todas las instrucciones que nos llegan de los juzgados, nos indican que la descripción de los sintomas y del comportamiento del conductor, está la principal prueba y en lo que se basan posteriormente a la hora de condenar al conductor.
Reconozco que todas las pruebas médicas, o mediante el etilometro, apoyan todos los sintomas que expongamos, pero por si solas no tienen el minimo valor a nivel penal.
Para que nuestra labor en la calle séa efectiva y no tengamos posteriormente problemas en el juzgado lo mejor es tener los conceptos claros, y sobre todo guiarnos por lo que vemos en el lugar de los hechos.
Todas las leyes, decretos, etc. están para cumplirlos, pero en todos los casos de conducción bajo la influencia de bebidas alcoholicas, o sustancias estupefaciente, lo primordial es el reconocimiento psicofí­sico de los agentes actuantes, y del instructor de las diligencias.
¿Otra cuestión importante, es obligatorio el translado del detenido a dependencias policiales?

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