En relación con el asunto que se planteo en este foro respecto al adelantamiento múltiple y el giro a la izquierda del primero de los vehículos adelantados, por casualidad

ha llegado a mis manos una sentencia muy curiosa que creo no tiene desperdicio. Es del Tribunal Constitucional en relación con un adelantamiento múltiple. Lo curioso del caso es que, por si no fuera ya complicado de por sí el asunto, al final, ganando se puede perder. Espero opiniones. Este es un asunto de los buenos para comentar en el chat, lo que pasa que los horarios nos matan, (al menos a mi).
Saludos.

Que se me olvida; la sentencia es la 159/2000 publicada en el BOE del día 11 de julio de 2000 (martes) en el suplemento, pagina 47 y siguientes.