Buenas.
Me gustaria saber vuestras opiniones sobre la noticia publicada hoy, segun la cual el Sr. Fiscal de SV, D. Bartolome Vargas, dice que la fiscalia imputara homicidio imprudente o lesiones imprudentes casi de oficio o lo que es lo mismo en muchisimos mas casos que hasta ahora.
Me parece a mi que ya tocaba, porque no era muy agradable que tu te destrozaras las meninges para demostrar que el conductor responsable era realmente un "Homicida imprudente" y el fiscal de turno determinara que no, que el no lo consideraba asi y que con una falta de imprudencia con resultado de muerte ya tenia suficicente (Claro, que él no tenía que explicarselo a la familia del fallecido¡)
Un saludo.
Nuevas directrices Fiscalia S.Vial
- Luis-Lopez
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Re: Nuevas directrices Fiscalia S.Vial
Saludos cordiales.
A mí personalmente me parece más que bien, y hay casos de libro que son homicidios imprudentes y por la cuestión que sea suelen calificarlo de falta por imprudencia leve.
Hay todavía muchos operadores jurídicos que consideran "delitos bagatelas" los delitos contra la seguridad vial, y piensan que se han penalizado conductas que deberían estar penadas administrativamente, les cuesta aplicar con todo rigor no ya la pena sino la mera calificación de conductas que son ya de per se homicidas o conductas temerarias claramente.
¿Por qué no se aplica sistemáticamente el dolo eventual en estos delitos?, ¿Es que cabe en cabeza humana que una persona por un paseo peatonal a 100 km / h, perseguido por patrullas y atropellando a 3 personas, no ha generado un riesgo contra la vida humana en dolo eventual?, ¿Cómo es posible que en ese caso al día siguiente se ponga en libertad sin cargos a un ciudadano británico?. Ah, eso sí, con la advertencia legal de que deberá volver el día del juicio, en fín me ahorro mi opinión sobre el juez que dicta tal auto.
A mí personalmente me parece más que bien, y hay casos de libro que son homicidios imprudentes y por la cuestión que sea suelen calificarlo de falta por imprudencia leve.
Hay todavía muchos operadores jurídicos que consideran "delitos bagatelas" los delitos contra la seguridad vial, y piensan que se han penalizado conductas que deberían estar penadas administrativamente, les cuesta aplicar con todo rigor no ya la pena sino la mera calificación de conductas que son ya de per se homicidas o conductas temerarias claramente.
¿Por qué no se aplica sistemáticamente el dolo eventual en estos delitos?, ¿Es que cabe en cabeza humana que una persona por un paseo peatonal a 100 km / h, perseguido por patrullas y atropellando a 3 personas, no ha generado un riesgo contra la vida humana en dolo eventual?, ¿Cómo es posible que en ese caso al día siguiente se ponga en libertad sin cargos a un ciudadano británico?. Ah, eso sí, con la advertencia legal de que deberá volver el día del juicio, en fín me ahorro mi opinión sobre el juez que dicta tal auto.
Re: Nuevas directrices Fiscalia S.Vial
Saludos Luis Lopez Estoy completamente de acuerdo contigo, como tu bien dices, te rebanas los sesos y al final el juez se cree a un perito de parte que le expone una milonga sobre (por ejemplo un supuesto reventon de un neumatico que nunca existió) y se lo cree, y tu informe lo echa a la basura.
La verdad que con casos asi y otros te decepcionas con el sistema empiezas a plantearte si vale la pena todo el esfuerzo, dedicacion y autoformacion que le dedicamos al noble arte de investigar y reconstruir accidentes de tráfico.
Esperemos que la cosa empiece a cambiar
Saludos
La verdad que con casos asi y otros te decepcionas con el sistema empiezas a plantearte si vale la pena todo el esfuerzo, dedicacion y autoformacion que le dedicamos al noble arte de investigar y reconstruir accidentes de tráfico.
Esperemos que la cosa empiece a cambiar
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