El imputado fue arrestado por la Policía Local de Alicante el 26 de abril de 2003 en la N-332 por «ir haciendo zig-zag y circulando por dos carriles». Según el escrito de acusación del fiscal, el procesado «llegó a invadir el carril contrario» para evitar ser detenido. Los agentes apuntaron en el atestado que cuando identificaron al sospechoso «tenía el habla pastosa, los ojos vidriosos y el equilibrio inestable».
El conductor se sometió voluntariamente a la prueba de alcoholemia, que dio negativo. El procesado accedió entonces a que le extrajeran sangre. El análisis reveló que tenía restos de cocaína.
Manuel Lucas, el abogado que ha ganado el caso, solicitó sin éxito durante la fase de instrucción que se analizara la cantidad exacta de cocaína que había en la muestra de sangre.
El letrado insistió ante el magistrado que la falta de ese examen impedía conocer si realmente el procesado circulaba bajo la influencia de la droga porque «podía haber consumido la cocaína dos días antes y encontrarse en perfectas condiciones». El abogado recordó que el cuerpo puede tardar en eliminar la cocaína un mes.
Un forense explicó en la vista que es necesario conocer la cantidad de cocaína exacta que tenía en sangre para poder «determinar si realmente le afectaba», según fuentes próximas al caso.
El letrado defensor señaló en la vista que era normal que durante unos segundo circulara haciendo zig-zag porque «se puso nervioso cuando vio a la Policía Local», pero cuando lo pararon se sometió voluntariamente a todas las pruebas.
El magistrado llegó al convencimiento de que no había pruebas contra el acusado y lo absolvió en la misma sala.