Martes, 3 junio 2003
IBLNEWS
La Sala de lo Civil considera que Telemadrid vulneró el derecho a la intimidad familiar de la víctima, al emitir el reportaje con la imagen de su cara mientras agonizaba. La sentencia ratifica otra de la Audiencia de Madrid, que prohibió la emisión del vídeo en el futuro, pero redujo la petición de indemnización de 30 millones de pesetas a tres millones.
El accidente se produjo el 25 de abril de 1993 en la autovía de Madrid a Colmenar, cuando volcó el coche que conducía Faustino R.C. y éste quedó atrapado y aplastado debajo "en lenta agonía que acabaría con su fallecimiento tres días más tarde".
Redactores del programa Emergencia grabaron la intervención de los bomberos, Cruz Roja y el servicio de ambulancias, pero en el reportaje se incluyeron también dos primeros planos, de unos cinco segundos cada uno, en los que se veía el rostro de la víctima apoyado en el suelo, mientras se encontraba aprisionado en el coche.
Las imágenes del accidentado después de ser liberado e introducido en una ambulancia pueden calificarse de "accesorias", dice el Supremo, pero no lo son aquellas otras en las que aparece su rostro "aprisionado entre el asfalto de la carretera y su vehículo". "En esos planos", añade la sentencia, "no aparece que se estuviera prestando asistencia alguna directamente al accidentado", por lo que la víctima "adquiere total protagonismo en la noticia filmada", señala la sentencia.
El Supremo destaca que en esos momentos el hombre estaba incapacitado para prestar o negar su consentimiento a ser grabado, y Telemadrid tampoco consultó a su familia, por lo que cometieron una intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad.
Fuente: http://iblnews.com/news/noticia.php3?id=77957&PHPSESSID=0df0cc8db6540fff359357212c782d69