La manipulación del conocimiento

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La manipulación del conocimiento

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En noviembre de 2004, dentro de las Primeras jornadas de Ética Profesional (CEU), el perito Juan Martín Hernández Mota escribió sobre la manipulación del conocimiento, expuesto en esta web en https://causadirecta.com/blog/investigacion-y-reconstruccion/item/278-la-manipulacion-del-conocimiento.

Al hilo de ese tema, recientemente me he encontrado con un post en https://acinves.wordpress.com/2019/02/20/punto-de-percepcion-posible-definicion-y-errores/ en el que interpreto una de esas manipulaciones del conocimiento.

En el mismo parece que se trata de desvirtuar el contenido de todo un Informe Técnico y hasta las conclusiones por un simple error producto del copia/pega que resulta evidente y en nada parece influir en el resto del planteamiento y posibles conclusiones y responsabilidades.

Se parte de los siguientes..
Antecedentes:

Un camión choca de frente con un ciclomotor que circula en sentido contrario:
  • - el camión circula del punto A al punto B y el ciclomotor lo hace del punto B al punto A
    - la velocidad del camión es de 90 km/h – 25mts/sg
    - la velocidad del ciclomotor es de 45 km/h – 12,5 mts/sg.
Y toda la base del problema estriba en que la Fuerza instructora, que no Fuerza actuante, en el Informe Técnico expone lo siguiente:
Punto de Percepción Posible.

Si denominamos “Punto de Percepción Posible”, al lugar o momento donde el movimiento o condición inesperada o extraordinaria puede haber sido percibido por una persona normal, entonces el Punto de Percepción Posible:

Para el conductor del camión, se sitúa 60 metros antes del Punto de Conflicto, según el sentido de la inspección ocular. Se considera como tal dicho punto al ser dicha distancia la que se corresponde con el campo de visión en hora diurna dada la configuración del terreno y la exuberante vegetación que crece en el margen izquierdo, sobrepasando en muchos puntos la bionda de protección y penetrando en la plataforma de la vía.

Para el conductor de la se sitúa 60 metros antes del Punto de Conflicto, según el sentido de la inspección ocular. Se considera como tal dicho punto al ser dicha distancia la que se corresponde con el campo de visión en hora diurna dada la configuración del terreno y la exuberante vegetación que crece en el margen izquierdo, sobrepasando en muchos puntos la bionda de protección y penetrando en la plataforma de la vía.
El autor detecta lo que parece interpretar como un grave error, ya que finaliza su post con el siguiente razonamiento:

Si en la teoría de reconstrucción del accidente, ya colocamos mal el primer punto de la misma – Punto de Percepción Posible – , el resto de los puntos notables de dicha teoría arrastraran dicho error con lo cual, las hipótesis que se puedan deducir de tales datos erróneos serán incorrectas.


¿El resto de los puntos notables de dicha teoría arrastran dicho error y con lo cual las hipótesis que se puedan deducir de tales datos erróneos serán incorrectas?, pero vamos a ver, dígame señor perito de parte ¿en qué influye el Punto de Percepción Posible con la determinación del Punto de Conflicto?, por ejemplo, con la causa del accidente y con la responsabilidad del mismo en ese caso concreto.

En el post, su autor hace hasta tres comentarios en su intento de desvirtuar el Informe Técnico, por un simple error de redacción que EN NADA creo que sea influyente en las conclusiones.
COMENTARIO PRIMERO

Si el para el camión el punto de percepción posible está a 60 metros antes del punto de conflicto y para la ciclomotor el punto de percepción posible está a 60 metros antes del punto de conflicto ello quiere decir que el camión y el ciclomotor están en el mismo punto. Que dista 60 metros del punto de conflicto.

NO SE PRODUCE EL IMPACTO EN EL PUNTO DE CONFLICTO DETERMINADO EN EL INFORME TÉCNICO
Curioso razonamiento. Basándose en el citado error de redacción, el autor determina que NO SE PRODUCE EL IMPACTO EN EL PUNTO DE CONFLICTO DETERMINADO EN EL INFORME TÉCNICO. :lol:

Y parece no percatarse que para ambas unidades de tráfico se cita Se considera como tal dicho punto al ser dicha distancia la que se corresponde con el campo de visión en hora diurna dada la configuración del terreno y la exuberante vegetación que crece en el margen izquierdo, sobrepasando en muchos puntos la bionda de protección y penetrando en la plataforma de la vía.

Vamos a ver, si se parte de la base de una colisión frontal, que un vehículo va de A a B y el otro de B a A y en 40 sitios así se hará ver, o en el propio croquis del siniestro vial, o al situarlos con respecto a los puntos fijos de referencia..., ¿no es obvio que se trata de un error localizado que en nada desvirtúa el resto de datos que apunten a las correctas trayectorias seguidas por los implicados, o es al contrario y lo que se cita 1 vez, echa por tierra lo que se cita de forma diferente en las restantes 40 veces?.

No Sr. perito de parte, es obvio que ambos vehículos no se encuentran en el mismo punto, como también es obvio que la vegetación que para uno crece en el margen izquierdo, para el otro lo hará en el derecho y no en el izquierdo para ambos, salvo que sólo se esté contemplando el sentido de la inspección ocular de forma exclusiva, y sin usar el mismo para unas cosas y el de circulación de cada vehículo implicado para otras.

Pero lo que clama al cielo es basarse en ese detalle sin importancia en el desarrollo de los hechos para afirmar que no se produce el impacto en el punto de conflicto determinado en el Informe Técnico. ¿No hay siniestro entonces?.

Vamos a ver, el punto de conflicto vendrá determinado por otras circunstancias, normalmente huellas y vestigios y NO por el punto de percepción POSIBLE, pues el mismo no es el que va a determinar el punto de conflicto.

Creo que se trata de una manipulación en la que, detectado un error no influyente, se trata de desvirtuar o echar por tierra el resto del trabajo, y no, no es así, puesto que si el perito de parte no ha tenido otra base para desvirtuarlo que la citada, hace ver que el resto es correcto.

Pero seguimos con el comentario segundo, en el que el autor ya contempla la posibilidad de un error de transcripción, pero se equivoca al decir que Considerando que ha sido un error de trascripción la definición de Punto de Percepción Posible. No, no y no, la definición de Punto de Percepción Posible es única y el instructor la expuso de forma correcta. Su error está no en la definición del PPP, sino en la referenciación de la ubicación del mismo para uno u otro vehículo implicado, sin más.

Aclarado ya el asunto, acierta con lo que obviamente el instructor quería exploner, y que en otras partes del Informe Técnico ya quedaría más que claro, y que viene a ser que entre ambas unidades de tráfico implicadas, sus respectivos PPP distarían 120 metros, 60 metros antes del punto de conflicto, y 60 metros después del mismo para uno u otro.

Pero es que ahora pretende analizar matemáticamente, (analíticamente), algo para lo que se basa en suposiciones que pueden ser o no correctas, y no justifica en modo alguno.

Su fin ahora es un ya está, ya he detectado otro error..., si ambos vehículos han de recorrer la misma distancia hasta llegar al punto de conflicto y lo hacen uno al doble de velocidad que el otro, está claro que cuando uno llegue a ese punto al otro aún le faltará la mitad de su espacio por recorrer, y por lo tanto afirma alegremente NO SE PRODUCE EL IMPACTO EN EL PUNTO DE CONFLICTO DETERMINADO EN EL INFORME TÉCNICO, para que se produjese según estos datos, el camión tendría que esperar al ciclomotor otros 2,4 sg. Así, en rojo vivo, jeje.

Vamos a ver..., que hasta ahora no ha demostrado que el punto de conflicto citado en el Informe Técnico no sea correcto, y la ubicación del mismo no va a cambiar ni por los respectivos Puntos de Percepción Posibles, ni por su teoría de que ambos vehículos circulaban a esas velocidades y de forma constante, en cuyo caso quizás no estemos hablando de un siniestro vial, de un accidente, sino de un hecho voluntario, ya que parece indicar que ambos vehículos, desde su punto de partida hasta el punto de colisión han circulado a velocidades constantes, sin frenadas, sin contemplar la posibilidad de que en los trayectos recorridos por ambos sus velocidades no hubiesen sido constantes.

Y aquí es donde viene su error, al no contemplar los Puntos de Percepción Posibles como eso, como POSIBLES, que son muy diferentes a los Puntos de Percepción Real para cada conductor. No ha tenido en cuenta ese detalle, que al ser POSIBLES abarca el espacio de visibilidad entre ambos conductores, que es lo que el Instructor hace constar, sin entrar en más detalles por eso, porque con PPP lo que en un principio se quiere hacer ver es la distancia existente en las mejores circunstancias, lo que luego se matizará en el resto del Informe Técnico, especialmente a la hora de determinar los Puntos de Percepción Real y sin que, ni uno ni otro, determinen el punto de conflicto, que será el que se determine por otros indicios.

En el comentario tercero, el perito de parte incide en su misma teoría y se aventura a dar una redacción para sí correcta, y luego reparte esa distancia entre Puntos de Percepción Posible a su antojo. Por una parte sitúa los PPP a 120 metros de un vehículo con respecto al otro, lo que ya expuso el instructor y que, pese a su error de redacción era fácilmente entendible.

Pero es que luego el perito de parte se vuelve a equivocar, ya sea al desplazar el Punto de Conflicto o al no tener en cuenta que existe una distancia de 60 metros desde ese PC a cada uno de los vehículos, y que por lo tanto, para uno sí podrán ser los 40 metros que cita, pero para el otro no pueden ser los 80 que citan, al superar en 20 metros la mayor distancia estimada de PPP con respecto al Punto de Conflicto.
Es decir, el camión ha llegado al punto de conflicto en el mismo instante que el ciclomotor, SI SE PRODUCE EL IMPACTO EN EL PUNTO DE CONFLICTO DETERMINADO EN EL INFORME TÉCNICO.
Es obvio que ambos vehículos han llegado en el mismo instante al PC, tan obvio como que ha existido un siniestro vial, y en ningún momento el perito de parte ha desvirtuado el PC señalado por el instructor, por lo que no tiene sentido ese condicional "si se produce...", en rojo vivo.

Supongo que cualquier lego en la materia puede llegar a quedar abrumado por la exposición del perito de parte y algún cliente le generará, pero en sede judicial..., si sólo cuenta con ese detalle, mal lo tiene su cliente.
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Re: La manipulación del conocimiento

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En otro post del mismo autor, titulado "DESMONTANDO LA VERSIÓN DE LA FUERZA ACTUANTE apuntes elementales de GEOMETRÍA PROYECTIVA", encuentro algo similar...

Sin entrar a valorar el trabajo de la Fuerza Instructora (algo diferente a la Fuerza Actuante) por falta de datos objetivos, el perito de parte se basa en una imagen para dar por sentado una variación en la responsabilidad del siniestro:

Imagen

Desconozco si la leyenda que existe al pie de esa imagen es de la Fuerza instructora o del perito de parte, pero sea de quien sea, es cierto que es una falsa afirmación, pues a simple vista de la imagen, se aprecia que la huella de frenada no es paralela a la línea longitudinal discontinua de separación de carriles, sino que sigue una trayectoria que conforme avanza, se separa por la izquierda de la línea trazada, de la paralela al eje de la calzada.

En el caso concreto, típico siniestro en el que coinciden maniobra de adelantamiento de un vehículo y de giro a la izquierda del otro, parece ser que la Fuerza instructora determinó como culpable al piloto de la motocicleta, la que adelantaba, el estimar que la misma inició su maniobra de adelantamiento después de que el otro vehículo implicado iniciara su maniobra de giro hacia su izquierda.

El perito de parte, utiliza una fotografía con la que pretende demostrar que eso no fue así, que la huella de frenada de la motocicleta es paralela a la línea de separación de carriles y que ello demuestra que fue la motocicleta la que inició antes su maniobra de adelantamiento.

Para ello se basa en la imagen mostrada, en la que aprecio los siguientes detalles:

En primer lugar, ya en la propia imagen se aprecia que la huella de frenada NO es paralela a la línea de separación de carriles, que sigue una trayectoria que se va desviando progresivamente a su izquierda.

En segundo lugar, algo más importante, la imagen parece no mostrar la huella de frenada en su punto inicial, y mucho menos en el tramo en el que aún no ha quedado impregnada sobre el firme.

Por lo tanto, y repito, sin entrar en detalles que puedan dar la razón al perito de parte, su exposición no se sustenta al no contener los datos mínimos exigidos y la incorrección en lo que expone con lo que se visualiza en la imagen.

Sin duda, el punto de colisión no parece estar dentro del carril izquierdo y a un metro de la línea central, sino a más distancia, y faltan detalles importantes como en qué parte del otro vehículo se produjo la colisión, en qué punto se inicia la huella de frenada de la motocicleta, etc., no es suficiente con basarse en la imagen que nos interesa, hay que hacerlo en más cosas.
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acinves
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Re: La manipulación del conocimiento

Mensaje por acinves »

Eppur si muove

Buenos días, mi nombre es Miguel y soy el autor del blog al que usted hace referencia.
Antes de nada me gustaría saber cuál es su nombre y sus méritos, por aquello que de pequeño me enseñaron de ceder la acera y tener respeto a las personas de mayores y cuando fui a la mili me reiteraron el respetar a aquellas que por mérito, capacidad y antigüedad se les suponía mayor grado de conocimiento.

Sabiendo quien escribe, se le puede tratar de forma adecuada.

Siguiendo con mi intención de responder en detalle a su artículo, en el cual se me menciona de forma explícita, quisiera comentarle lo siguiente.

En primer lugar le agradezco que haya leído y al parecer siga mi blog.
En segundo lugar me gustaría recordarle, que existe una frase latina Argumento ad hominem que condensa la idea expuesta en las siguiente frases en castellano “Las injurias son los argumentos de los que no tienen razón”. Jean Jaques Rousseau, “Quien insulta pone de manifiesto que carece de argumentos”. Garcilaso de la Vega. Y usted ha insultado de forma clara cuando me expone como ejemplo de manipulación – creo que no le llegaba o le parecía poco, acusarme de manipulador, un grado inferior dentro de la riqueza de la lengua castellana-.

Pero centrándome en el contenido de su artículo e intentando responder siguiendo un orden cronológico, le comento:

Con relación al Punto de Percepción Posible:
Dice el libro de Investigación de Accidentes de Trafico, editado por la Guardia Civil “Debe determinarse correctamente, ya que servirá de base para valorar la conducta de las personas que intervienen en el accidente. La diferencia entre la situación del punto de percepción real y el posible da el grado de atención, la posibilidad de maniobra.”
Dice D. Miguel López Muñiz Goñi en su libro Accidentes de Trafico Problemática e Investigación
“La situación del punto de percepción posible debe fijarse correctamente, puesto que iniciará y será la base para la apreciación de una serie de elementos fundamentales para la valoración de las conductas posteriores de las personas intervinientes en el accidente. Así, la diferencia entre el punto de percepción posible y el de percepción real dará el grado de atención y la posibilidad de maniobra.”
“PUNTO DE PERCEPCIÓN REAL
Es aquel en el que el agente se apercibe del peligro del accidente. Mientras que el punto de percepción posible es puramente objetivo, el de percepción real se subjetiviza.”

Parece ser que otras personas piensan al igual que yo, que el Punto de Percepción Posible, que es totalmente objetivo y totalmente localizable en el lugar de los hechos, SI tiene relación con el resto de los puntos notables del accidente. Pero intuyo que eso ya lo sabía usted cuando escribió el artículo.

Sobre su razonamiento al COMENTARIO PRIMERO:
Siendo una vía con un único carril de circulación –como es realmente el caso que yo expongo-

“Si el para el camión el punto de percepción posible está a 60 metros antes del punto de conflicto y para la ciclomotor el punto de percepción posible está a 60 metros antes del punto de conflicto ello quiere decir que el camión y el ciclomotor están en el mismo punto. Que dista 60 metros del punto de conflicto.”
Mire, no deseo manipular su conocimiento, ni influir en su “sana critica”. Pero ¿podría decirme entonces donde están los dos vehículos?.

Afirma usted que: “Pero lo que clama al cielo es basarse en ese detalle sin importancia en el desarrollo de los hechos para afirmar que no se produce el impacto en el punto de conflicto determinado en el Informe Técnico. ¿No hay siniestro entonces?.”

Y continúa aclarando en su artículo
“Pero es que ahora pretende analizar matemáticamente, (analíticamente), algo para lo que se basa en suposiciones que pueden ser o no correctas, y no justifica en modo alguno.

Su fin ahora es un ya está, ya he detectado otro error..., si ambos vehículos han de recorrer la misma distancia hasta llegar al punto de conflicto y lo hacen uno al doble de velocidad que el otro, está claro que cuando uno llegue a ese punto al otro aún le faltará la mitad de su espacio por recorrer, y por lo tanto afirma alegremente NO SE PRODUCE EL IMPACTO EN EL PUNTO DE CONFLICTO DETERMINADO EN EL INFORME TÉCNICO, para que se produjese según estos datos, el camión tendría que esperar al ciclomotor otros 2,4 sg. Así, en rojo vivo, jeje.”

Le comento, los dos vehículos tienen velocidades distintas, uno justamente el doble que el otro. Habiendo determinado que parten del mismo punto, en el mismo instante – concepto que encierra el significado de Percepción Posible -, lógicamente el que tiene mayor velocidad llegara antes que el que tiene menor velocidad.

Creo que es una afirmación aséptica objetiva y correcta, no es interpretable. Y sigue diciendo usted:

“Pero es que luego el perito de parte se vuelve a equivocar, ya sea al desplazar el Punto de Conflicto o al no tener en cuenta que existe una distancia de 60 metros desde ese PC a cada uno de los vehículos, y que por lo tanto, para uno sí podrán ser los 40 metros que cita, pero para el otro no pueden ser los 80 que citan, al superar en 20 metros la mayor distancia estimada de PPP con respecto al Punto de Conflicto.”

Aquí ya pasamos en primer lugar a una sutileza del lenguaje. Usted me asigna el papel de “perito de parte”, suponiendo usted, que en el caso que nos ocupa, yo defiendo de forma partidista y subjetiva a una de las partes – las suposiciones, en mi artículo no existen- “ el investigador debe atender y dar la preponderancia justa a los datos objetivos. Cualquier colisión entre un dato subjetivo y otro objetivo, debe decantarse hacia estos últimos.”

Además de ello, usted no ha comprendido la redacción del razonamiento sobre las distancias. En mi artículo intento exponer que al tener un vehículo el doble de velocidad que el otro y circular los dos por la misma vía, necesariamente han de llegar al punto de conflicto al mismo tiempo y LÓGICAMENTE el Punto de Percepción Posible si lo referencio al Punto de Conflicto ha de tener diferente magnitud para ambos. En ningún momento cambio la posición del Punto de Conflicto, lo que si intento es exponer que para que se vean y colisionen en tiempo y forma, las distancias al P.C. han de ser diferentes.

Usted AFIRMA, que ya que en documento oficial figuran 60 mts. desde el PPP al Punto de Conflicto, dicha distancia es la correcta, real y objetiva – pero a veces, la fuerza se equivoca-

Por último y siguiendo con su disertación.
“Es obvio que ambos vehículos han llegado en el mismo instante al PC, tan obvio como que ha existido un siniestro vial, y en ningún momento el perito de parte ha desvirtuado el PC señalado por el instructor, por lo que no tiene sentido ese condicional "si se produce...", en rojo vivo. “

Evidentemente, no cuestiono el Punto de Conflicto, pero si cuestiono el error, para mi inadmisible en un Informe Técnico de Reconstrucción de Accidente CON RESULTADO DE MUERTE, puedan existir estas incorrecciones. Pero esto, que no es más que una humilde opinión, no aparece en mi artículo.

Yo no le tengo ninguna manía al color rojo y como ha conseguido usted manipularme, le digo que sí “clama al cielo” el que en un Informe Técnico oficial exista un “simple error” producto del copia/pega que resulte evidente.

Con relación a la segunda parte de su artículo “DESMONTANDO LA VERSIÓN DE LA FUERZA ACTUANTE apuntes elementales de GEOMETRÍA PROYECTIVA, encuentro algo similar...”, comentarle lo siguiente:

La huella de giro a la izquierda es la maniobra evasiva de una motocicleta que, adelantando correctamente, se encuentra en dicho punto con un vehículo que invade el carril por el que circula. La fuerza instructora, no fotografía en su actuación el principio de la huella, no consta dicha fotografía, ni en el Informe Técnico presentado a Juzgado, ni en el histórico de fotografías solicitadas por vía judicial con relación a dicho accidente. En dicho Informe Técnico con resultado de fallecimiento para el motorista, no se aportan como datos objetivos y repetibles ninguna medida tomada en la vía, tan solo se aporta un plano croquis en dos escalas en las que según sea la escala, los dibujos de las frenadas pasan a ser rectos o inclinados. Las conclusiones se basan en dicho informe, no en cálculos matemáticos, sino por el contrario en la opinión subjetiva de la fuerza instructora – que como usted sabe tiene presunción de veracidad-.

El artículo solo pretende mostrar una herramienta geométrica que puede ser útil si se emplea correctamente.

Si, vuelve a clamar al cielo que con un simple dibujo y la opinión de un funcionario se pueda deducir un suceso de tráfico con víctimas, pero quizás usted no ha leído nunca un documento con este estilo tan simple. Le comento, para terminar, que el no aportar dato alguno y referirse a un plano croquis es “normal”, en según qué equipos de trabajo.

Por ultimo solo cabe despedirme, esperando que salga de su cómodo anonimato e invitándole a que cuando tenga alguna duda sobre los artículos que de forma desinteresada aporto en la red, me la haga llegar y podamos confrontar criterios sin entrar en descalificaciones o insultos que solo retratan a quien los emite.
Un saludo y pase usted un buen día.


P.D. gracias por aumentar el número de lectores de mi blog.
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Re: La manipulación del conocimiento

Mensaje por Ultimo »

Buenas tardes. Mi educación la recibí antes de ir a la mili, y en ella me enseñaron a tratar a todo el mundo de forma adecuada y por igual.

Siento que se haya sentido ofendido, pues no era mi intención. He apreciado esa ausencia de datos, similar a la que usted expone por parte del instructor del Informe Técnico que, de leer su post, también se sentiría ofendido o avergonzado dependiendo de quién diga más verdad.

En su exposición no aporta más datos sobre otro contenido del Informe Técnico que afiance o no su razonamiento y opinión, al igual que en la misma tampoco aporta datos suficientes. En cualquier caso, ni usted ni la Fuerza instructora tiene presunción de veracidad (salvo en actos administrativos), sino de prueba testifical.

Por lo tanto, en su artículo está insinuando o afirmando una mala labor, tanto por parte de la Fuerza instructora como por parte de la Autoridad Judicial. En Sala, esa prueba testifical y las restantes, deberán ser ratificadas, demostradas, cuestionadas, etc., y en última instancia será la Autoridad Judicial quien decida. Insinuar que lo hace sin tomar todos los elementos de juicio es grave.

No hay que alarmarse tanto ante un posible error por parte de la Fuerza instructora (Errare humanum est), pues sin ellos no sería necesaria nuestra intervención. Pero tampoco veo lícito exagerarlos, ni mucho menos si no es algo influyente o es subsanable.

Define bien el PPP y coincido en que es totalmente objetivo y totalmente localizable en el lugar de los hechos, incluso un tiempo después de ocurrir el hecho, por eso insisto en que no se trata de un error tan grave, y mucho menos su posible existencia signifique que se va a arrastrar dicho error.

Dice usted que el PPP "SI tiene relación con el resto de los puntos notables del accidente"..., pero en su escrito está cuestionando el Punto de Conflicto en base a una posible apreciación errónea del PPP, y eso bien sabe usted que no es así.

Como bien cita “La situación del punto de percepción posible debe fijarse correctamente, puesto que iniciará y será la base para la apreciación de una serie de elementos fundamentales para la valoración de las conductas posteriores de las personas intervinientes en el accidente. Así, la diferencia entre el punto de percepción posible y el de percepción real dará el grado de atención y la posibilidad de maniobra.”, pero independientemente de la ubicación tanto del PPP como del PPR, no modificará la situación del PC, algo que cuestiona en varias ocasiones y resaltado en rojo.
Le comento, los dos vehículos tienen velocidades distintas, uno justamente el doble que el otro. Habiendo determinado que parten del mismo punto, en el mismo instante – concepto que encierra el significado de Percepción Posible -, lógicamente el que tiene mayor velocidad llegara antes que el que tiene menor velocidad.
Si todo eso es tan comprensible como imposible. Si dos vehículos parten del mismo punto y en el mismo instante, la colisión ya se ha producido. Pero cuando habla de Antecedentes, cita la existencia de una colisión frontal entre dos vehículos, también que uno parte de A a B y el otro de B a A, no que ambos vayan de A a B o de B a A. Por lo tanto, toda ese planteamiento de partir del mismo punto no le veo otro sentido que el jocoso cuestionando lo escrito por el agente. Insisto en que está muy claro dónde está el error del agente y veo innecesario incidir más en él cuando es tan evidente al tratarse de una colisión frontal, e insisto que dicho error no modifica el Punto de Conflicto y es fácilmente subsanable incluso tiempo después del siniestro, todo ello si no se ha hecho en otras partes del Informe Técnico, pues en el mismo croquis constará cada vehículo partiendo de posiciones diferentes, circulando en sentidos opuestos y entrando en colisión en un punto concreto.
Además de ello, usted no ha comprendido la redacción del razonamiento sobre las distancias. En mi artículo intento exponer que al tener un vehículo el doble de velocidad que el otro y circular los dos por la misma vía, necesariamente han de llegar al punto de conflicto al mismo tiempo y LÓGICAMENTE el Punto de Percepción Posible si lo referencio al Punto de Conflicto ha de tener diferente magnitud para ambos. En ningún momento cambio la posición del Punto de Conflicto, lo que si intento es exponer que para que se vean y colisionen en tiempo y forma, las distancias al P.C. han de ser diferentes.
Lo he comprendido perfectamente, e insisto en lo dicho, parte de la base de que ambos vehículos circulan a velocidades concretas y constantes, y es eso lo que le cuestiono, esa afirmación que, de no ser cierta también modificaría los respectivos PPP.
Usted AFIRMA, que ya que en documento oficial figuran 60 mts. desde el PPP al Punto de Conflicto, dicha distancia es la correcta, real y objetiva – pero a veces, la fuerza se equivoca-
El agente cita que cada vehículo está a 60 metros del PC, usted no termina de establecer otras distancias sin basarse en esa suposición de circulación a velocidad constante de principio a fin, por lo tanto entiendo que la visibilidad máxima existente es de 120 metros, es decir, a 80 metros del PC un conductor no va a ver al otro vehículo implicado. En cualquier caso, claro que a veces la fuerza se equivoca y ahí entra nuestro trabajo, pero hay que demostrarlo y no lo hace, pues insisto de nuevo, se está basando en velocidades constantes, descartando aceleraciones negativas, por ejemplo.
Evidentemente, no cuestiono el Punto de Conflicto, pero si cuestiono el error, para mi inadmisible en un Informe Técnico de Reconstrucción de Accidente CON RESULTADO DE MUERTE, puedan existir estas incorrecciones. Pero esto, que no es más que una humilde opinión, no aparece en mi artículo.
Cuestiona al menos dos veces el Punto de Conflicto, en mayúsculas y en rojo. En cuanto a ese error tan inadmisible para usted (lo que considero una exageración), insisto en lo dicho, es fácilmente subsanable incluso tiempo después de ocurrir el siniestro vial, o a la vista de otros apartados del Informe Técnico.

En cuanto al artículo DESMONTANDO LA VERSIÓN DE LA FUERZA ACTUANTE apuntes elementales de GEOMETRÍA PROYECTIVA, no voy a dudar de su palabra en relación a la falta de datos tan importantes. Lo que he debatido es su exposición en base a una fotografía en la que no aparecen los suficientes elementos de juicio, en la que traza una línea paralela al eje de la calzada cuando la huella de frenada no lo es, en la que por otra imagen dicha huella parece tener 22 metros de longitud y en cualquier caso y según la norma 8.2-IC, en base a las líneas longitudinales discontinuas de separación de carriles, es evidente que en esa imagen no se aprecia una huella de tal longitud y, por lo tanto, está haciendo lo mismo de lo que se queja, tratar de demostrar algo sin que aporte elementos de juicio suficientes.
El artículo solo pretende mostrar una herramienta geométrica que puede ser útil si se emplea correctamente.
Lo dudo, el título del artículo es DESMONTANDO LA VERSIÓN DE LA FUERZA ACTUANTE apuntes elementales de GEOMETRÍA PROYECTIVA. Creería que solo pretende mostrar una herramienta geométrica que puede ser útil si se emplea correctamente, primero si no estuviera la primera parte del título, y segundo si se hubiera empleado correctamente la fotogrametría.

Un saludo y encantado de debatir con usted.
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acinves
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Re: La manipulación del conocimiento

Mensaje por acinves »

Por ultimo solo cabe despedirme, esperando que salga de su cómodo anonimato e invitándole a que cuando tenga alguna duda sobre los artículos que de forma desinteresada aporto en la red, me la haga llegar y podamos confrontar criterios sin entrar en descalificaciones o insultos que solo retratan a quien los emite.

Un saludo y pase usted un buen día.

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