- Sin haber leído antes este foro, tengo que deciros que he tenido un caso similar al publicado, y he estimado que la persona que circulaba en el "scooter" tiene la consideración de "peatón" tras haber consultado el RGC.
- Me he informado si para la conducción del vehículo era necesario algún tipo de documentación y me han confirmado que NO. Por eso a todos los efectos los he considerado como peatón y así lo he remitido al Juzgado.
Accidente con silla de minusvalido eléctrica
- SIXMAR
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- Me he informado si para la conducción del vehículo era necesario algún tipo de documentación y me han confirmado que NO. Por eso a todos los efectos los he considerado como peatón y así lo he remitido al Juzgado.
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