DUDA POR CARECER DEL PERMISO DE CONDUCIR

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elfo
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DUDA POR CARECER DEL PERMISO DE CONDUCIR

Mensaje por elfo »

Bien, siguiendo con las dudas de esta reforma del código penal, se me plantea la siguiente duda:
Conductor con licencia de ciclomotor, coge el turismo de un amigo, sin su consentimiento y tiene un accidente de circulación.
A la hora de tomar manifestación al amigo, indica que no quiere presentar denuncia. Si este, le hubiera dado el consentimiento de coger el vehí­culo, ¿serí­a autor del delito o complice del mismo?, se le tendrí­a que imputar igualmente en el juicio rápido...
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maxtor
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Re: DUDA POR CARECER DEL PERMISO DE CONDUCIR

Mensaje por maxtor »

Saludos.

En el caso que planteas en mi opinión creo que no cabrí­a imputarle delito alguno al dueño del vehí­culo. Los delitos contra la seguridad vial son delitos calificados por la doctrina jurí­dica como de propia mano, sólo pueden ser cometidos por la persona que conduce el vehí­culo, esto es, quien tiene el dominio funcional de la acción tí­pica. Otra cosa es que hay ciertos casos, donde por ejemplo un profesor de autoescuela se le podrí­a imputar una cooperación necesaria en un delito de ciba o temeraria junto al conductor novel. Repito creo que la idea básica es quién tiene dominio completo del hecho delictivo.

No se si recordarás que hace unos años en Francia se acusó de homicidio imprudente a unas personas que en una fiesta privada dejaron que uno de los asistentes borracho perdido cogiera su vehí­culo y posteriormente tuvo un accidente causando varios muertos. Finalmente el caso fue archivado.
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rufogadita99
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Re: DUDA POR CARECER DEL PERMISO DE CONDUCIR

Mensaje por rufogadita99 »

en todo caso si hay ingesta de alcohol o careciese de licencia o permiso según el tipo de vehí­culo seria el propietario RESPONSABLE CIVBIL SUBSIDIARIO y puede repercutir contra él la compañia aseguradora
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Warrior
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Re: DUDA POR CARECER DEL PERMISO DE CONDUCIR

Mensaje por Warrior »

Ummm... interesante pregunta. ¿Y cooperador necesario, no podrí­a ser? ¿Acaso no debe comprobar el propietario de un vehí­culo que a quien se lo presta reúne las condiciones necesarias para conducirlo?
Como ya digo, interesante pregunta. Aun estando de acuerdo con Maxtor, no sé por qué se me antoja que estamos ante una de esas lagunas de la Ley. Sin embargo, si aplicamos en su justa medida el Derecho penal, yo estarí­a en que sí­, que tiene responsabilidad penal el propietario del vehí­culo. Todo ello, evidentemente, aparte de la responsabilidad civil que ya comenta un compañero. Habrí­a que estudiar el caso con tranquilidad, desde luego.

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