Veamos Triste, las recomendaciones descritas por la casa fabricante del etilómetro..., no sé cual de ellas no se tomó en cuenta.Triste escribió:Mi sorpresa deriva del hecho de que no se tuvieron en cuenta las recomendaciones descritas por la casa fabricante del etilómetro ni lo declarado por mi persona: ingesta previa de una botella de medio litro de agua carbonatada marca Vichy (lo que pueden corroborar las personas arriba mencionadas), aproximadamente 15 minutos antes de la realización de la prueba de alcohol en aire expirado.
Esto no fue tenido en cuenta por lo agentes de la autoridad, cuando reputados científicos a nivel mundial han demostrado que este tipo de bebidas (carbonatadas) aceleran el vaciamiento gástrico, por lo que facilitan el paso del alcohol al intestino delgado, lugar donde se produce la absorción del 70-80 % del alcohol, pudiendo por tanto alterar la fisiología normal de la absorción, distribución tisular y concentración en aire expirado del mismo.
Es decir, la ingesta de agua carbonatada puede incrementar la tasa de alcohol en aire expirado en proporciones tales que de no ingerirse dicha agua, no aparecerían.
Esta circunstancia, no tenida en cuenta por los agentes de la autoridad, ha sido contrastada y publicada en prestigiosas revistas científicas internacionales, y es conocida desde hace muchos años:
En cuanto a lo que dices del agua carbonatada, me parece que te confundes de pleno.
Por ejemplo, en la Federación Panamericana de Asociaciones de Facultades y Escuelas de Medicina, podrá encontrar un documento sobre "Intoxicación por etanol", escrito por María Clara Pinzón Iregui, MD, del Departamento de Medicina Interna, Consultoría en Adicciones; Jefe Sección de Toxicología de la Fundación Santa Fe de Bogotá, en el que textualmente se cita:
El alcohol "Es rápidamente absorbido por el tracto gastrointestinal, 20% en estómago y 80% en duodeno y yeyuno. Su rata de absorción depende del tipo de comida que lo acompañe (grasas y proteínas disminuyen la absorción) y de si las bebidas son o no carbonatadas, caso éste en que se absorben más rápido. Los efectos del alcohol se empiezan a notar a los 10 minutos de la ingesta y el pico aparece entre 40-60 minutos después, completándose la absorción total en seis horas."
Igualmente, en MedlinePlus, que es un servicio de la Biblioteca Nacional de Medicina de EE.UU. y los Institutos Nacionales de Salud, en el artículo sobre "Consumo de alcohol" de su Enciclopedia médica en español, dice:
"EFECTOS INMEDIATOS DEL ALCOHOL
El alcohol es absorbido rápidamente por el torrente sanguíneo. Los índices de absorción de alcohol dependen de la cantidad y el tipo de comida dentro del estómago; por ejemplo, las comidas ricas en carbohidratos y grasas disminuyen los índices de absorción. También las bebidas alcohólicas carbonatadas o efervescentes como la champaña se absorben rápidamente.
Los efectos del alcohol aparecen en los diez minutos siguientes al consumo y alcanzan su máximo punto en un lapso de 40 a 60 minutos. Esta sustancia permanece en la circulación hasta llegar al hígado, donde se metabolizan sus componentes. Cuando el consumo supera la velocidad con que el hígado puede realizar este proceso de descomposición, se eleva el nivel de concentración de alcohol en la sangre."
A la vista de éstos y otros artículos, cuando dices que "La ingesta de agua carbonatada puede incrementar la tasa de alcohol en aire expirado en proporciones tales que de no ingerirse dicha agua, no aparecerían", creo que caes en un error, puesto que una bebida carbonatada por si sola no incrementa la tasa de alcohol, lo que sí hace es acelerar su ritmo de absorción.
Es decir, una persona toma una cantidad X de alcohol que será "absorbido rápidamente por el torrente sanguíneo", pero dicha absorción se ralentizará si ha ingerido comida rica en carbohidratos y grasas (desconocemos si fue tu caso), o se acelerará si como ha sido tu caso, ingiere agua carbonatada.
O dicho de otra manera..., si has tomado alcohol como para llegar a una tasa de 0.50, en condiciones normales tardarás un tiempo X en alcanzar dicha tasa. Si ingieres comida rica en carbohidratos y grasas, tardarás más tiempo en alcanzar esa tasa, y si tomas una bebida carbonatada, como también puede ser un refesco de cola..., pues alcanzarás esa tasa antes.
Lo cierto es que, de una forma o de otra, has tomado alcohol para alcanzar esa tasa, y si tu resultado fue de 0.36 y 0.34 en la segunda, creo que queda demostrado que has tomado alcohol en cantidad suficiente como para alcanzar esos 0.36, tardaras más o tardaras menos.
Aún así, pides que se tome en cuenta tu ingesta de agua carbonatada, pero no pides que se tome en cuenta la cantidad y tipo de alimentos que has ingerido, que como ves, pudo ralentizar la obsorción del alcohol, sufragando en todo o en parte la aceleración producida por el agua carbonatada. Para evitar estos y otros "desfases", existen unos márgenes de error, y un margen para proceder a la denuncia o no; dicho margen está en los 0.29, tasa desde la que se procede a la denuncia para mayor garantía y seguridad. Tasa que superas en ambas pruebas.
También, crees o intentas hacer creer que, de no haber bebido ese agua carbonatada, es posible que al ser sometido a la prueba de alcoholemia tu resultado hubiese sido inferior a 0.25, o a esos 0.29 a los que me refería antes, pero si te fijas, la curva de alcoholemia dice que tu tasa de alcohol va aumentando progresivamente hasta que llegas al máximo, que será la tasa correspondiente a la cantidad de alcohol ingerida, y desde ese punto comienza a bajar.
En base a lo anterior, si te fijas en tus tasas (0.36 y 0.34 en la segunda), la segunda es inferior a la primera, lo que puede indicar que ya habías llegado al máximo según la cantidad de alcohol ingerida, y ya estaba descendiendo tu curva de alcoholemia.
O dicho de otro modo..., según tu planteamiento, es muy posible que si no hubieses tomado ese agua carbonatada y por lo tanto acelerado el proceso de absorción, en el momento de someterte a la prueba de alcoholemia es muy posible que tu tasa aún estuviese ascendiendo por tu curva de alcoholemia, o ya se encontrara en el rango superior, por lo que la tasa arrojada hubiese sido incluso superior.
Pero..., como todas estas circunstancias son difícilmente valorables en todas y cada una de las personas que arrojan resultado positivo, no hay más remedio que trabajar en base a los resultados obtenidos y a los síntomas apreciados. Para el resto, como indiqué antes..., ahí están los márgenes de error del propio aparato utilizado y de la normativa aplicable en cada momento.
Así las cosas, espero que entiendas que, según mi opinión, tu planteamiento de cara a un posible recurso no lo veo nada claro, ya que, en lugar de exculparte, lo que estás haciendo es demostrar que conducías con una tasa superior a la permitida.
Por otra parte, aquí entran profesionales en Derecho, que te podrán asesorar sobre si es viable o no acudir a la vía judicial, ya que, por vía administrativa veo pocas posibilidades de éxito, y casi con toda seguridad, te denegarán tus recursos, obligándote a acudir a dicha vía judicial, en la que espero que reconsideres tus planteamientos.
Saludos