LA CUESTION ES LA SIGUIENTE, ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN EN EL QUE SE ENCUENTRA IMPLICADO UN VEHICULO EXTR. COMUNIDAD EUROPEA, RESULTANDO DEL MISMO UNA PERSONA MUERTA O HERIDA GRAVE (EN COMA), EL MISMO VA EN REGLA CON CARTA VERDE INCLUIDA, PERO NO TIENE NI SEDE EN ESPAÑA NI NINGíšN OTRO TIPO DE RESIDENCIA EN ESPAÑA.
LA PREGUNTAS ES SE PUEDE INMOVILIZAR O DEPOSITAR EL VEHICULO COMO MEDIDA PREVENTIVA AL OBJETO DE GARANTIZAR LAS RESPONSABILIDADES YA SEAN PENALES O CIVILES (ESTAS ULTIMAS ENTIENDO QUE AUN SIENDO EXTRANJERO LAS CUBRE EL SEGURO CON LA CARTA VERDE) Y TENIENDO EN CUENTA QUE LA FUERZA POLICIAL QUE INTERVENGA YA FINALIZADO TODO TIPO DE DILIGENCIA RELATIVA AL VEHICULO (EJ INSPECCION OCULAR DEL MISMO) GRACIAS Y UN SALUDO
PROCEDE INMOVILIZACIÓN
- derrapetotal
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Saludos.
Tal y como relatas el accidente y sus consecuencias, no procede inmovilización alguna ya que la carta verde, es un documento asegurador válido, mejor dicho el único válido, pero es más, al ser vehículo de la U.E. aún sin presentarte carta verde, si la matrículación es correcta ( permiso circulación, etc), no procedería la inmovilización, ya que siempre dichos vehículos están asegurados por la oficina de OFESAUTO de su país de orígen. Por lo tanto, lo único que entiendo que debería plantearse en este tipo de accidente, es si procede la detención o no del conductor, por presuntas responsabilidades penales, pero, personalmente, yo, salvo una imprudencia gravísima o temeridad manifiesta, si la persona está identificada plenamente no detengo.
Tal y como relatas el accidente y sus consecuencias, no procede inmovilización alguna ya que la carta verde, es un documento asegurador válido, mejor dicho el único válido, pero es más, al ser vehículo de la U.E. aún sin presentarte carta verde, si la matrículación es correcta ( permiso circulación, etc), no procedería la inmovilización, ya que siempre dichos vehículos están asegurados por la oficina de OFESAUTO de su país de orígen. Por lo tanto, lo único que entiendo que debería plantearse en este tipo de accidente, es si procede la detención o no del conductor, por presuntas responsabilidades penales, pero, personalmente, yo, salvo una imprudencia gravísima o temeridad manifiesta, si la persona está identificada plenamente no detengo.
si existe fallecio en el accidente debes dar cuenta a la Autoriridad Judicial, a la vez que haces esto, le informas sobre la existencia del extranjero y le solicitas forma de actuación respecto a esta persona.
En la zona de costa donde yo actuó, se procede a la imputación como supuesto autor de un homicidio imprudente de esta persona, si es el responnsable del accidente, siguiendo las Instrucciones impartidas por la Autoridad Judicial, comunicate con tu Juzgado y pideles una información sobre la forma de actuar en los casos que expones.
Un saludo.
En la zona de costa donde yo actuó, se procede a la imputación como supuesto autor de un homicidio imprudente de esta persona, si es el responnsable del accidente, siguiendo las Instrucciones impartidas por la Autoridad Judicial, comunicate con tu Juzgado y pideles una información sobre la forma de actuar en los casos que expones.
Un saludo.
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