Hola saludos.
No sé exáctamente si es el foro adecuado pero necesito pora favor asesoramiento respecto a una duda. Este tema vá con referencia a un accidente de tráfico con choque de jabalí expuesto en este mismo foro semanas atrás.
La duda es la siguiente:
parece que finalmente la compañía de seguros de la autopista es posible se haga cargo de la reparación del vehículo y me abone el importe por los dias de baja causados.
Deseo saber si puedo solicitar además de todo esto algún tipo de indemnización por daños morales y perjuicios.
Me debo de conformar con el pago de la avería del vehículo y el importe de la baja ??
Digo todo esto para saber de antemano como actuar frente al abogado y disponer de la información correcta.
El caso del accidente está expuesto en el mensaje del foro de hace unas semanas.
Espero respuesta por favor si sois tan amables.Muchas gracias.
Informacion sobre indemnización
- atestados2004
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Un saludo.
Entiendo que si firmas o aceptas lo que la compañía aseguradora de la autopista te ofrece, ( siempre bajo consentimiento de tu abogado), posteriormente no podrás solicitar otra indemnización ya que el accidente se entiende resuelto en dicha fase. Si no aceptas y vas a la judicial, salvo que aceptes solo daños materiales, puedes reclamar todo tipo de perjuicios que el accidente te haya acarreado, tipo lucro cesante, etc, e incluso el psicológico pero entiendo que va ser difícil y complicado, ya que se necesitará peritajes psiquiátricos del juzgado y nunca he visto una sentencia de ese tipo en accidentes de circulación. La verdad es que es una vía interesante ya que el síndrome de estress post-traumático que se puede producir en un accidente es un síndrome reconocido por los forenses psiquiátricos. Inténtalo.
Entiendo que si firmas o aceptas lo que la compañía aseguradora de la autopista te ofrece, ( siempre bajo consentimiento de tu abogado), posteriormente no podrás solicitar otra indemnización ya que el accidente se entiende resuelto en dicha fase. Si no aceptas y vas a la judicial, salvo que aceptes solo daños materiales, puedes reclamar todo tipo de perjuicios que el accidente te haya acarreado, tipo lucro cesante, etc, e incluso el psicológico pero entiendo que va ser difícil y complicado, ya que se necesitará peritajes psiquiátricos del juzgado y nunca he visto una sentencia de ese tipo en accidentes de circulación. La verdad es que es una vía interesante ya que el síndrome de estress post-traumático que se puede producir en un accidente es un síndrome reconocido por los forenses psiquiátricos. Inténtalo.
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