Recientemente me comentaron que se había producido un accidente de circulación en el que resultarón dos personas fallecidas, y que el conductor causante del mismo fue detenido por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Tras su presentación en el Juzgado competente éste ordenó el ingreso en prisión, con caracter provisional y comunicada, de ese conductor.
Esta es la primera ocasión en que he visto que se aplique esa medida, y la verdad que me ha sorprendido.
¿Qué os parece?
Un saludo
INGRESO ORDEN DE INGRESO EN PRISIÓN PROVISIONAL POR C.I.B.A
ingreso en prisión
Saludos Fenómeno.
Pues que me va a parecer, estupendo. Ya era hora de que algún juez se decidiera o se atreviera a ello. Creo que les falta estar concienciados con esos problemas. En general la población tampoco parece consciente de que cuando nos montamos en el coche ya estamos generando un riesgo, y eso conduciendo correctamente, con lo que si le añadimos alcohol, imprudencias, etc, pues lo que ya sabemos. En la misma línea el otro día un par de compañeros regulando el tráfico a la salida de un colegio se encuentran al clásico niñato que al verles se les da a la fuga, con la salvedad esta vez de hacerlo marcha atrás entre niños y padres. No ocurrió una desgracia porque Dios no quizo. Al día siguiente lo detuvieron y le señalaron juicio de falta de desobediencia (como suena) pero sorpresa el día del juicio oral el fiscal pidió la suspensión por ver claros indicios de un delito contra la seguridad del tráfico, ya sabemos, el artículo 381 tan poco usado por ellos. En fin, quizás comienzan a cambiar las cosas.
Pues que me va a parecer, estupendo. Ya era hora de que algún juez se decidiera o se atreviera a ello. Creo que les falta estar concienciados con esos problemas. En general la población tampoco parece consciente de que cuando nos montamos en el coche ya estamos generando un riesgo, y eso conduciendo correctamente, con lo que si le añadimos alcohol, imprudencias, etc, pues lo que ya sabemos. En la misma línea el otro día un par de compañeros regulando el tráfico a la salida de un colegio se encuentran al clásico niñato que al verles se les da a la fuga, con la salvedad esta vez de hacerlo marcha atrás entre niños y padres. No ocurrió una desgracia porque Dios no quizo. Al día siguiente lo detuvieron y le señalaron juicio de falta de desobediencia (como suena) pero sorpresa el día del juicio oral el fiscal pidió la suspensión por ver claros indicios de un delito contra la seguridad del tráfico, ya sabemos, el artículo 381 tan poco usado por ellos. En fin, quizás comienzan a cambiar las cosas.
Pues esto sugue... parece que ya toman conciencia
Si señor, deciros que se ha vuelto a repetir el mismo caso: Conductor ebrio (que te cagas) causante de accidente mortal, pasa noche en calabozo y al día siguiente S.Sº ordena el ingreso en prisión del tipo. Lo encausa por CIBA e Imprudencia con resultado de muerte.
Parece que la Justicia comienza a tomar la iniciativa. Por el robo de un coche o un pequeño hurto facilmente se pasa la noche en comisaría y en cambio un elemento de estos mata a una persona ¿y duerme la mona en su casa?, no señor eso no es así.
Aplaudamos la decisión y que corra la voz, que la gente sepa a lo que se puede exponer.
Un saludo a todos y mucho cuidado sobre el asfalto
Parece que la Justicia comienza a tomar la iniciativa. Por el robo de un coche o un pequeño hurto facilmente se pasa la noche en comisaría y en cambio un elemento de estos mata a una persona ¿y duerme la mona en su casa?, no señor eso no es así.
Aplaudamos la decisión y que corra la voz, que la gente sepa a lo que se puede exponer.
Un saludo a todos y mucho cuidado sobre el asfalto

Pues yo también me he quedado "impresionado" al ver por primera vez en un accidente de circulación del que resultó una persona fallecida, determinándose que el accidente se debió a que el conductor responsable se quedó dormido mientras conducía. Pues lo han condenado a DOS AÑOS y cuatro meses de prisión y a SEIS años de privación del derecho de conducir y como no la responsabilidad civil (25.000 ? para la esposa del fallecido y 12.000 ? para cada uno de los hijos que dejó)
Se hace constar que en este caso concreto, no existía alcoholemia positiva, no existía conducción temeraria, no existía ningún detalle aparentemente destacable y........ gracias a una buena acusación particular, ha sido EJEMPLARMENTE CONDENADO.
Mira que he asistido a accidentes de circulación, numerosos muertos, conducciones temerarias, etc. y nunca ví que se condenara con prisión a nadie, solo retirada del permiso de conducción e indemnizaciones correspondientes.
Un saludo de Tanausú
Se hace constar que en este caso concreto, no existía alcoholemia positiva, no existía conducción temeraria, no existía ningún detalle aparentemente destacable y........ gracias a una buena acusación particular, ha sido EJEMPLARMENTE CONDENADO.
Mira que he asistido a accidentes de circulación, numerosos muertos, conducciones temerarias, etc. y nunca ví que se condenara con prisión a nadie, solo retirada del permiso de conducción e indemnizaciones correspondientes.
Un saludo de Tanausú
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Un saludo.
Aunque sea loable dicha postura judicial, hay que reconocer que hasta la fecha y salvo excepciones. Los jueces siguen considerando a los delitos contra la seguridad del tráfico, como delitos " bagatelas", por cada Juez sensible, hay 5 que no ya en el Juicio Oral, sino en la primera instrucción se tiende siempre a calificar el delito casi siempre como faltas. Yo he podido instruir casos sangrantes, en los que un conductor de nacionalidad polaca, con turismo sustraído, y ébrio, negarse a la prueba, y además tras provocar en la huida policial, más de 25 colisiones contra turismos y mobiliario urbano, y dejar a 5 policías heridos. Tras poner a disposición a dicha persona ante la Autoridad Judicial, la misma decretó libertad SIN FIANZA, únicamente con la obligación de personarse cada 15 días ante la misma. Claro, el polaco, al salir con una sonrisa, nos dijo que ya podían esperar sentados. En fín, esperemos que los jueces vayan concienciándose de que sin en España mueren más de 3000 personas en accidentes, algo de culpa tienen ellos.
Aunque sea loable dicha postura judicial, hay que reconocer que hasta la fecha y salvo excepciones. Los jueces siguen considerando a los delitos contra la seguridad del tráfico, como delitos " bagatelas", por cada Juez sensible, hay 5 que no ya en el Juicio Oral, sino en la primera instrucción se tiende siempre a calificar el delito casi siempre como faltas. Yo he podido instruir casos sangrantes, en los que un conductor de nacionalidad polaca, con turismo sustraído, y ébrio, negarse a la prueba, y además tras provocar en la huida policial, más de 25 colisiones contra turismos y mobiliario urbano, y dejar a 5 policías heridos. Tras poner a disposición a dicha persona ante la Autoridad Judicial, la misma decretó libertad SIN FIANZA, únicamente con la obligación de personarse cada 15 días ante la misma. Claro, el polaco, al salir con una sonrisa, nos dijo que ya podían esperar sentados. En fín, esperemos que los jueces vayan concienciándose de que sin en España mueren más de 3000 personas en accidentes, algo de culpa tienen ellos.
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