Hola amigos:
Si un vehículo que circula por el carril derecho de una vía, efectua maniobra de giro hacia la derecha, según su sentido de marcha, para abandonar dicha vía y tomar un camino existente en el margen derecho, y colisiona con un ciclomotor que circula por el arcén situado en ese margen de la calzada, al cual había adantado anteriormente, ¿quien es el responsable del accidente y porqué?.
Gracias.
Circulación ciclomotor por arcén
Re: Circulación ciclomotor por arcén
Pues el vehículo, ya que para coger el camino de la derecha debería de cederle el paso al ciclomotor.
Reglamento General de Circulación.
Artículo 28. Cambios de vía, calzada y carril.
1. El conductor de un vehículo que pretenda girar a la derecha o a la izquierda para utilizar vía distinta de aquella por la que circula, tomar otra calzada de la misma vía o para salir de la misma, deberá advertirlo previamente y con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo y cerciorarse de que la velocidad y la distancia de los vehículos que se acerquen en sentido contrario le permiten efectuar la maniobra sin peligro, absteniéndose de realizarla de no darse estas circunstancias. También deberá abstenerse de realizar la maniobra cuando se trate de un cambio de dirección a la izquierda y no exista visibilidad suficiente.
2. Toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril, deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar.
3. Reglamentariamente, se establecerá la manera de efectuar las maniobras necesarias para los distintos supuestos de cambio de dirección.
Reglamento General de Circulación.
Artículo 28. Cambios de vía, calzada y carril.
1. El conductor de un vehículo que pretenda girar a la derecha o a la izquierda para utilizar vía distinta de aquella por la que circula, tomar otra calzada de la misma vía o para salir de la misma, deberá advertirlo previamente y con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo y cerciorarse de que la velocidad y la distancia de los vehículos que se acerquen en sentido contrario le permiten efectuar la maniobra sin peligro, absteniéndose de realizarla de no darse estas circunstancias. También deberá abstenerse de realizar la maniobra cuando se trate de un cambio de dirección a la izquierda y no exista visibilidad suficiente.
2. Toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril, deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar.
3. Reglamentariamente, se establecerá la manera de efectuar las maniobras necesarias para los distintos supuestos de cambio de dirección.
Re: Circulación ciclomotor por arcén
El vehículo que gira al camino es el responsable, ya que invade el arcén que es el lugar por donde tiene que circular el ciclomotor, cortándole la trayectoria, teniendo el ciclomotor la preferencia de paso.
Re: Circulación ciclomotor por arcén
Muchas gracias macuchi y amigo68 por la información.
Re: Circulación ciclomotor por arcén
Bueno, bueno, eso habría que verlo, porque también está prhibido realizar adelantamientos por la derecha, salvo cuando el vehículo adelantado pretenda girar a la izquierda y no exista ningún peligro.
Yo entiendo que el vehículo, una vez señalizada su maniobra de cambio de dirección hacia la derecha para tomar otra vía distinta de la que utiliza, solo debe advertirlo a los vehículos que circulen detrás de él; y es el ciclomotor, el que advertido de la maniobra, no debe adelantarlo-rebasarlo nunca jamás por la derecha; si no más bien detenerse detrás del vehículo o más bien adelantarlo por la izquierda si no existe peligro y siemprerespetando la normativa al efecto de la forma en que debe realizarse dicho adelantamiento
Yo entiendo que el vehículo, una vez señalizada su maniobra de cambio de dirección hacia la derecha para tomar otra vía distinta de la que utiliza, solo debe advertirlo a los vehículos que circulen detrás de él; y es el ciclomotor, el que advertido de la maniobra, no debe adelantarlo-rebasarlo nunca jamás por la derecha; si no más bien detenerse detrás del vehículo o más bien adelantarlo por la izquierda si no existe peligro y siemprerespetando la normativa al efecto de la forma en que debe realizarse dicho adelantamiento
Re: Circulación ciclomotor por arcén
Creo que te equivocas, pero porque este tema es una de las muchas lagunas del reglamento de circulación.lipsi escribió:Bueno, bueno, eso habría que verlo, porque también está prhibido realizar adelantamientos por la derecha, salvo cuando el vehículo adelantado pretenda girar a la izquierda y no exista ningún peligro.
Yo entiendo que el vehículo, una vez señalizada su maniobra de cambio de dirección hacia la derecha para tomar otra vía distinta de la que utiliza, solo debe advertirlo a los vehículos que circulen detrás de él; y es el ciclomotor, el que advertido de la maniobra, no debe adelantarlo-rebasarlo nunca jamás por la derecha; si no más bien detenerse detrás del vehículo o más bien adelantarlo por la izquierda si no existe peligro y siemprerespetando la normativa al efecto de la forma en que debe realizarse dicho adelantamiento
Y ante estas lagunas hay que aplicar la lógica, si el ciclomotor tiene la obligación de circular por el arcén, cabe pensar que tiene la prioridad, porque aunque no sea una vía, se puede, y creo que se debe, considerar como tal en este caso.
Re: Circulación ciclomotor por arcén
Hol@ a todos/@s
Tuve un caso parecido en el que se celebro juicio, el tema era que en una vía urbana de un carril una furgoneta gira a la derecha y un ciclomotor que circulaba por la zona destinada al estacionamiento colisionó al realizar la furgoneta el giro.
bueno, el abogado de la compañia que representaba a la furgoneta, argumentaba la culpabilidad del conductor del ciclomotor indicando que éste no podía circular por la parte de la calzada destinada al estacionamiento (en el momento del accidente se encontraba libre), ya que se entendía que la calzada era unicamente aquella habilitada para circular y los vehículos solo pueden circular por ella.
Aludía a un artículo creo que del RGC pero no recuerdo cual era.
Un saludo
Tuve un caso parecido en el que se celebro juicio, el tema era que en una vía urbana de un carril una furgoneta gira a la derecha y un ciclomotor que circulaba por la zona destinada al estacionamiento colisionó al realizar la furgoneta el giro.
bueno, el abogado de la compañia que representaba a la furgoneta, argumentaba la culpabilidad del conductor del ciclomotor indicando que éste no podía circular por la parte de la calzada destinada al estacionamiento (en el momento del accidente se encontraba libre), ya que se entendía que la calzada era unicamente aquella habilitada para circular y los vehículos solo pueden circular por ella.
Aludía a un artículo creo que del RGC pero no recuerdo cual era.
Un saludo
Re: Circulación ciclomotor por arcén
No es el mismo caso, la zona destinada al estacionamiento, aunque esté libre, no puede usarse para circular.Tributo escribió:Hol@ a todos/@s
Tuve un caso parecido en el que se celebro juicio, el tema era que en una vía urbana de un carril una furgoneta gira a la derecha y un ciclomotor que circulaba por la zona destinada al estacionamiento colisionó al realizar la furgoneta el giro.
bueno, el abogado de la compañia que representaba a la furgoneta, argumentaba la culpabilidad del conductor del ciclomotor indicando que éste no podía circular por la parte de la calzada destinada al estacionamiento (en el momento del accidente se encontraba libre), ya que se entendía que la calzada era unicamente aquella habilitada para circular y los vehículos solo pueden circular por ella.
Aludía a un artículo creo que del RGC pero no recuerdo cual era.
Un saludo
Por el contrario, aunque los arcenes no están destinados a la circulación, la ley obliga a los ciclomotores a hacerlo.
Re: Circulación ciclomotor por arcén
Buenas tardes.
He tenido dos juicios por accidentes con el mismo desarrollo. Ciclomotor que circula por arcén y turismo que realiza giro a derecha.
En el primero quedó clara la prioridad del ciclomotor.
En el segundo estuvo el asunto un poco más disputado, el abogado del turismo argumentó la buena visibilidad que disponía el tramo y que el accidente podía haber sido evitado por el ciclomotor. Interesado por la sentencia al final fue favorable para el ciclomotor. (Prioridad de mismo sobre el turismo y realizado el giro a pocos metros de distancia de éste).
Espero ayudarte en algo.
Saludos.
He tenido dos juicios por accidentes con el mismo desarrollo. Ciclomotor que circula por arcén y turismo que realiza giro a derecha.
En el primero quedó clara la prioridad del ciclomotor.
En el segundo estuvo el asunto un poco más disputado, el abogado del turismo argumentó la buena visibilidad que disponía el tramo y que el accidente podía haber sido evitado por el ciclomotor. Interesado por la sentencia al final fue favorable para el ciclomotor. (Prioridad de mismo sobre el turismo y realizado el giro a pocos metros de distancia de éste).
Espero ayudarte en algo.
Saludos.
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