ACCIDENTE INTERIOR PARKING NORMATIVA
- marbellero
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ACCIDENTE INTERIOR PARKING NORMATIVA
Me gustaría saber si en el interior de un parking de un centro comercial, el cual tiene puertas y un horario de apertura y cierre, los vigilantes de seguridad de ese parking están obligados a llevar el casco de protección en los ciclomotores que conducen.- y en caso de accidente por no llevar el casco si hay jurisprudencia sobre la reducción de la indemnización a recibir por los daños producidos en la cabeza.- gracias y un sa ludo a todos, espero vuestra respuesta.-
- jordibenitez
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Re: ACCIDENTE INTERIOR PARKING NORMATIVA
Hola Marbellero,
A continuación te expongo lo que, bajo mi opinión (contrastada con otros expertos en la materia), entiendo que debería aplicarse.
Tanto la Ley de Seguridad Vial como el Reglamento General de Circulación que la desarrolla establece que quedarán dentro del ámbito de aplicación de la normativa de tráfico los vehículos que circulen por las vías aptas para la circulación de titularidad pública o privada y en los garajes que sean de uso común por una colectividad indeterminada de usuarios. Por tanto, al tratarse de una zona de aparcamiento de una gran superfície en donde entran y salen constantemente vehículos indeterminados, la normativa de tráfico les afecta y en consecuencia los vigilantes deben llevar casco de protección. No tiene nada que ver, como mantienen algunos, que haya valla para entrar en este tipo de zonas para que pueda entenderse aplicada la norma de tráfico. Este hecho es independiente, ya que no es óbice para sigan entrando y saliendo vehículos indeterminados. Esto también debe ser extensible a los garajes de pupilaje.
Otra cosa es que se trate de un recinto privado (como también es el caso de un aparcamiento de una gran superficie), pero en este caso las personas que acceden y circulan por él son personas determinadas y autorizadas sin que nadie más deba acceder, esto es, sustraído al uso público. Un ejemplo de ello es un párking de una comunidad de vecinos, en donde la comunidad es la propitaria, respondiendo cada vecino por su coeficiente de participación en la plaza de estacionamiento. Tambien podría servir de ejemplo una zona de aparcamiento de una empresa, acotada y señalizada única y exclusivamente para los empleados y/o directivos.
Espero que haya aclarado tus dudas y que estés de acuerdo.
Un saludo.
A continuación te expongo lo que, bajo mi opinión (contrastada con otros expertos en la materia), entiendo que debería aplicarse.
Tanto la Ley de Seguridad Vial como el Reglamento General de Circulación que la desarrolla establece que quedarán dentro del ámbito de aplicación de la normativa de tráfico los vehículos que circulen por las vías aptas para la circulación de titularidad pública o privada y en los garajes que sean de uso común por una colectividad indeterminada de usuarios. Por tanto, al tratarse de una zona de aparcamiento de una gran superfície en donde entran y salen constantemente vehículos indeterminados, la normativa de tráfico les afecta y en consecuencia los vigilantes deben llevar casco de protección. No tiene nada que ver, como mantienen algunos, que haya valla para entrar en este tipo de zonas para que pueda entenderse aplicada la norma de tráfico. Este hecho es independiente, ya que no es óbice para sigan entrando y saliendo vehículos indeterminados. Esto también debe ser extensible a los garajes de pupilaje.
Otra cosa es que se trate de un recinto privado (como también es el caso de un aparcamiento de una gran superficie), pero en este caso las personas que acceden y circulan por él son personas determinadas y autorizadas sin que nadie más deba acceder, esto es, sustraído al uso público. Un ejemplo de ello es un párking de una comunidad de vecinos, en donde la comunidad es la propitaria, respondiendo cada vecino por su coeficiente de participación en la plaza de estacionamiento. Tambien podría servir de ejemplo una zona de aparcamiento de una empresa, acotada y señalizada única y exclusivamente para los empleados y/o directivos.
Espero que haya aclarado tus dudas y que estés de acuerdo.
Un saludo.
- marbellero
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Re: ACCIDENTE INTERIOR PARKING NORMATIVA
gracias por tu aclaración.-
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