A partir de la modificación del código penal en cuanto a los delitos contra la seguridad vial, me ha surgido una duda:
Un vehículo es detectado por un radar a una velocidad que supone la comisión de un delito por exceder la máxima establecida en el código penal.
El vehículo no es interceptado por la patrulla, por lo que no se puede identificar fehacientemente a la persona que conduce en el momento de los hechos.
Posteriormente la policía se pone en contacto con el titular del vehículo y le requiere para que facilite la identidad del conductor.
Si, por ejemplo, se trata de un vehículo de empresa que está a disposición de un colectivo indeterminado de personas que pueden hacer uso del mismo y el titular no puede establecer con exactitud quién lo conducía en ese momento.
O si se tratase de personas con relación de parentesco directa con el titular del vehículo y éste no estuviese dispuesto a señalarles como la persona que conducía.
O si fuese el propio titular quien conducía y no se quiere identificar como la persona que lo hacía.
¿Qué margen de actuación le queda al interviniente?
Agradezco de antemano las posibles respuestas.
Un saludo.
obligación de identificar a conductor que comete un delito
Re: obligación de identificar a conductor que comete un deli
Hola, veras con el permiso de su autor, y con el este foro, voy a poner un enlace, en donde un compañero trata esta cuestiones, mas bien se hace las mismas preguntas.
Un salu2
http://webpolicial.info/portal/index.ph ... mid=1[url]
Un salu2
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